jueves, 19 de marzo de 2020

STAJ Informa: Personal de más de 60 años: Exclusión de prestación de servicios esenciales.


El Ministerio de Justicia ha dictado una resolución en la que se establecen nuevas directrices para el cumplimiento de los servicios esenciales en los juzgados y tribunales durante la vigencia del estado de alarma para la contención del COVID-19.

Entre las nuevas medidas que se han acordado  destaca que los servicios esenciales acordados por CGPJ, Fiscalía y Ministerio de Justicia deberán prestarse de forma rotatoria en turnos diarios. 

De estos turnos quedan EXCLUIDAS las personas englobadas en grupos de riesgo (mayores de 60 años o patologías previas) o los que hayan tenido que dejar sus puestos para la atención de menores de edad o mayores que dependan de ellos.  

Estas directrices son aplicables a los funcionarios de Justicia del ámbito No transferido del  Ministerio de Justicia, por lo que desde STAJ hemos dado traslado a la Dirección General de Justicia de Aragón  de estas nuevas directrices, a fin de que sean aplicadas al personal de Justicia de Aragón y que de este modo el personal mayor de 60 años sea excluido de la prestación de los servicios mínimos, por ser personal de grupo de riesgo.  

A pesar de que esta medida ya puede ser adoptada en Aragón , tal y como ha reclamado STAJ.
Por otro lado, desde STAJ también se ha reclamado a la Consejería, (al igual que han hecho otros ámbitos trasferido como la Junta de Andalucía al Ministerio de Justicia) que los servicios esenciales sean prestados solo por el servicio de guardia y por el personal en régimen de disponibilidad, y se evite así la asistencia a los centros de trabajo del personal que durante estos días apenas tienen actuaciones que hacer y evitar el riesgo de un posible contagio.