
-
Eliminación del suelo y
techo en escritura pública que se inscribiría en el Registro de la Propiedad
(el coste deberá ser asumido por el cliente)
-
O la posibilidad de
optar por la reducción en contrato privado, sin gastos para el prestatario,
hasta los siguientes límites:
· Para suelos de
referencia: el mínimo se firaría en 1,75%, al que se añadiría el diferencial
correspondiente para la conformación del tipo a aplicar en los términos
previstos en dicha escritura;
· Para suelos de
tipo: el mínimo se fijaría en 2,15%, constituyendo este el tipo de interés
final para el cliente.
Para
proceder a realizar cualquiera de esas modificaciones es preciso que el
prestatario lo solicite expresamente en la oficina donde tenga concedido el
préstamo; siendo necesario que el cliente mantenga contratados o contrate en
este mismo acto con BBVA, entre otros que pudieran resultar de su interés, los
productos siguientes: domiciliación de nómina y recibos, tarjeta de crédito y
seguro de hogar