En el BOE de 21 de noviembre se ha publicado la Ley 10/2012,
de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el
ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de
Toxicología y Ciencias Forenses.
Asimismo se aprovecha esta ley en la Disposición final segunda para modificar el artículo 23.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, obligando en consecuencia a los funcionarios a comparecer con abogado y procurador en los procedimientos de personal. En la Disposición final cuarta se modifica el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
Desde STAJ vemos con
enorme preocupación esta ley, que nos afecta como ciudadanos, pero
también y muy especialmente como trabajadores, pues además de las tasas
-de las que no estaremos exentos en los recursos- se entorpece y
encarece nuestra posibilidad de defender en vía jurisdiccional nuestros
derechos laborales al imponerse la obligatoriedad de asistencia de
abogado y procurador, discriminándosenos con respecto a los trabajadores
sometidos al derecho laboral, que no precisan de tales profesionales
cuando, en general, se trata de defender sus derechos laborales ante la
jurisdicción.
