
Los principales argumentos de la Sala para el planteamiento de la cuestión son los siguientes:
"UNDECIMO.- Normas con fuerza de ley cuya constitucionalidad se cuestiona.
A la luz de las consideraciones expuestas se ve obligada a cuestionar esta Sala la posible inconstitucionalidad de los artículos 2.1; 2.2.1 y 3.1 del Real Decreto-Ley 20/2012, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, esta última disposición en la redacción que le ha dado una Ley posterior.
El planteamiento se ciñe a estos preceptos, que fueron los que se pusieron de manifiesto a las partes en las alegaciones, por la pretensión concreta que se formula en este proceso y las normas concretas que resultan de aplicación al funcionario recurrente, en lo que hace a su petición subsidiaria. Para seguir leyendo, pincha aquí