miércoles, 8 de febrero de 2017

Enfermedad sin parte de baja. Cómputo de días.


Resultado de imagen de imagenes de enfermos de gripe La entrada en vigor de la Ley 39/2015 que excluye del cómputo, a efectos de plazos, de días hábiles, los sábados, domingos y festivos no afecta a los días objeto de permiso o licencia que se rigen por su normativa específica, tal y como determina el artículo 30.8 de la citada Ley. 

Así lo ha informado, dentro de las funciones de coordinación que ejerce en materia de personal, la Dirección General de la Función Pública y
Calidad de los Servicios. 


POR LO TANTO EN CASO DE LOS DIAS DE PERMISO POR ENFERMEDAD SIN PARTE DE BAJA SE COMPUTAN LOS DIAS NATURALES CONSECUTIVOS , SIN EXCLUIR EL SABADO, DOMINGO Y FESTIVOS.



Se mantienen los criterios que la DGA venía aplicando, es decir:


 - Si la enfermedad sin parte de baja se produce miércoles, jueves o viernes y el lunes va a trabajar, no es necesario presentar la baja. 

           -Si la enfermedad sin parte de baja se produce viernes y lunes no se va a trabajar , es necesario presentar la baja.  

Acción social.