
En el BOE de hoy viernes se ha publicado la Ley 12/2017, de 28 de diciembre, de modificación de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para garantizar la efectividad de los actos de comunicación del Ministerio Fiscal.
En virtud de lo dispuesto se prorroga hasta el 1 de enero de 2020 que el plazo para que se tengan por realizados los actos de comunicación el Ministerio Fiscal sea de 10 días naturales.
Artículo único. Modificación de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Se modifica el apartado 1 de la disposición transitoria cuarta de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, que queda redactado del siguiente modo:
«1. Hasta el 1 de enero de 2020, en relación con los actos de comunicación al Ministerio Fiscal, el plazo que se establece en el artículo 151.2 será de diez días naturales.»
Enlace a : BOE 29-12-2017.