viernes, 24 de agosto de 2018

Jubilación. Cuestiones que pueden interesarte.


¿Si me suben el sueldo mejora mi jubilación?


Tu pensión no tiene nada que ver con lo que estés cobrando ahora y, de hecho, cualquier posible aumento de sueldo, trienios o complementos no tiene ninguna repercusión en tu futura pensión, a no ser que hayas ingresado con posterioridad al año 2011, en cuyo caso tu jubilación ya no se regiría por clases pasivas sino por la Seguridad Social.


¿A qué edad me puedo jubilar?


La jubilación forzosa es a los 65 años de edad y se produce de oficio si no solicitas anteriormente la jubilación voluntaria o la prórroga en el servicio activo.

Si te interesa la jubilación voluntaria puedes solicitarla a partir de los 60 años de edad, siempre que tengas reconocidos 30 años de servicios al estado. Ahora bien, para jubilarte con el 100% de pensión necesitas tener 35 años de cotización (para lo cual también te computan los que puedas haber cotizado en Seguridad Social antes de ser funcionario) Si no dispones de esos 35 años cotizados, y siempre que tengas los 30 años de servicios al estado, te permitirían jubilarte pero te descontarían de tu pensión la parte proporcional correspondiente. En el caso de no tener 35 años en la Administración y haber trabajado en el régimen de S. Social, también se computarán a los efectos de poder jubilarse y para el cálculo de la correspondiente pensión de jubilación.

También puedes optar por la prórroga en el servicio activo a partir de los 65 años (hasta los 70 como máximo) y en ese caso mejorarías tu pensión con hasta un 4% de aumento por cada año de prórroga.


¿Cuánto cobraré de pensión?


Nuestras pensiones se rigen por el sistema de clases pasivas y no dependen de lo que estemos cobrando, sino del grupo al que pertenezcamos o hayamos pertenecido. Se calculan en base a unos haberes reguladores publicados anualmente en el BOE para cada grupo (aunque esto no afecta a los funcionarios ingresados con posterioridad al año 2011, que se rigen por el régimen de Seguridad Social como el resto de trabajadores)

Te indicamos a continuación los grupos a los que corresponde cada cuerpo de funcionarios de Justicia. Desde enero de 2004 todos pertenecemos a un grupo superior gracias a la reforma de la LOPJ. En el caso de los de gestión, además hubo otro cambio por adaptación al EBEP en el año 2007 y desde esa fecha pertenecen al grupo A2.




Para el cálculo de la pensión se tienen en cuenta los años cotizados en el grupo al que se pertenece, así como los que se hayan podido cotizar en grupos anteriores.

> Enlace a clases pasivas donde explican como se calcula la pensión

Puedes solicitar el cálculo aproximado de tu futura pensión rellenando el impreso y siguiendo las instrucciones que te indican en el siguiente enlace: Solicitud de cálculo de pensión ...una vez rellenes el formulario tienes que mandarlo por correo ordinario a: Clases Pasaivas. Servicio de atención al Público: Avenida del General Perón, 38 -Edificio Master´s II- 28020 MADRID, o bien por correo electrónico a: clases.pasivas@sepg.minhap.es

También tienes la opción de acceder al programa simulador de pensiones a través de este: > Enlace al programa de cálculo simulado de pensiones

¿La MUGEJU tiene algo que ver con las pensiones?


Las pensiones propiamente dichas son a cargo del Ministerio de Hacienda, aunque también se pueden solicitar a la MUGEJU las pensiones complementarias que se describen en los estos enlaces: Pensiones de Jubilación - Pensiones de viudedad y orfandad - Auxilio por defunción - Becas de estudios para huérfanos

Asimismo, la MUGEJU es la responsable de concertar o gestionar los servicios médicos y farmacéuticos para los jubilados, de la misma forma que para el personal en activo.

¿Qué debo hacer si quiero pedir la jubilación anticipada?


Tienes que hacerlo como mínimo tres meses antes de cuando quieras que se produzca (y como ya te hemos indicado, solamente puede producirse a partir de los 60 años cumplidos)


¿Qué debo hacer si quiero pedir la prórroga en el servicio activo?


Si quieres pedir la prórroga de la jubilación a partir de los 65 años, hay que hacerlo como mínimo tres o cuatro meses antes de la fecha de tu jubilación mediante una solicitud con tus datos profesionales y laborales más fotocopia del DNI (No hay periodo mínimo y puedes permanecer en activo hasta los 70 años. Si ya te encuentras en prórroga del servicio activo y quieres pedir la jubilación antes de  los 70 años, tienes que hacerlo con tres o cuatro meses de antelación a cuando quieras que se produzca)


OTROS SUPUESTOS



Si has trabajado parte de tu vida laboral en la empresa privada


Se te computa el tiempo cotizado a la Seguridad Social a la hora del cálculo de la pensión, y también se tiene en cuenta dicho tiempo para sumar los 35 años cotizados necesarios para cobrar el 100% de jubilación por clases pasivas.

Gestores en funciones de Letrado A. Justicia

Si un gestor está en funciones de secretario sustituto pasa a estar en excedencia del cuerpo de gestión y a cotizar por seguridad social (como si fuese un interino) ...Eso le puede ser positivo para la jubilación si cuando llega la hora de jubilarse lleva más de cinco años en esa situación. En ese caso, su pensión se calcularía como en la empresa privada, en base a los últimos 17 años cotizados, y no por grupo de titulación como es el caso habitual de los funcionarios. Y eso le supondría una mejor pensión.

Oficiales anteriores a 1985

A la hora de calcular la pensión les deben aplicar un cálculo por coeficiente multiplicador que beneficia al interesado.

Jubilación por incapacidad


Se declara, de oficio o a instancia de parte como consecuencia de enfermedad o accidente, que produzca la imposibilidad total de desempeñar sus funciones de forma irreversible. Puede ser parcial, permanente y absoluta. Con distintas consecuencias de carácter económico

Viudas, hijos y padres

En caso de fallecimiento de un funcionario activo o jubilado, tendrán derecho a cobrar una pensión: su viuda, sus hijos menores de 21 años o incapacitados,  e incluso sus padres si éstos dependen económicamente del fallecido, y éste es soltero o no tiene hijos.

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En este enlace tienes acceso a los diferentes tipos de solicitudes: Enlace a solicitudes

El T. Supremo considera accidente laboral un desprendimiento de retina al usar el ordenador.

El Tribunal Supremo ha establecido que si un trabajador sufre un desprendimiento de retina mientras trabaja delante de la pantalla del ordenador debe ser considerado accidente laboral al tratarse de una "lesión súbita" que se ha producido en lugar y tiempo de trabajo.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha estimado un recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por una mujer que trabajaba como administrativa para la Intervención Delegada de la Seguridad Social en Orense contra la decisión del TSJ de Galicia que declaró a esta trabajadora en una situación de incapacidad temporal.

La recurrente sintió molestias en sus ojos y alteraciones visuales cuando realizaba sus funciones delante del ordenador de la oficina en 2014. Tras ser operada de desprendimiento de retina, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) declaró que su incapacidad temporal derivaba de enfermedad común.

No obstante, esta trabajadora no estaba de acuerdo con dicha declaración y demandó al INSS ante el Juzgado Social nº 3 de Orense, que le dio la razón al calificar su incapacidad derivada de accidente de trabajo.

jueves, 23 de agosto de 2018

MUGEJU: Nota sobre trabajos temporales y esporádicos de los beneficiarios.

En la, ver enlace: página web de MUGEJU se ha publicado, ver enlace: nota recordatoria sobre trabajos temporales y esporádicos de los beneficiarios, en la que se indica lo siguiente:

Conviene recordar que el derecho a la asistencia sanitaria, por el Sistema Público de Salud, se genera en el momento en que se inicia una actividad que supone el alta, como titular, en el Régimen General de la Seguridad Social o cualquiera de sus Regímenes Especiales, independientemente de las características del contrato de trabajo, o del acuerdo que fija las condiciones laborales y de salarios. Figurando estos trabajadores en alta como asegurado en el fichero BADAS (base de datos del derecho a la asistencia sanitaria) gestionado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Por ello, si un beneficiario de un mutualista de MUGEJU comienza una actividad laboral que le genera el derecho figurar de alta en el fichero BADAS, el mutualista deberá solicitar la baja de su beneficiario presentando el modelo normalizado A-5 Baja de beneficiarios. Este modelo de solicitud lo pueden encontrar en la página de MUGEJU, y la pueden presentar en su Delegación provincial, en la Oficina de Información de los Servicios centrales de la Mutualidad, por correo postal o a través del portal del mutualista.

miércoles, 22 de agosto de 2018

STAJ vuelve a exigir al Ministerio de Justicia el cese de los descuentos por incapacidad.

STAJ ha vuelto a exigir al Ministerio de Justicia que termine con los descuentos salariales en situación de incapacidad temporal, una de las medidas más injustas que tomó el anterior gobierno en 2012.

Es más imperativo después de que el Ministerio de Política Territorial y Función Pública haya acordado por medio del Acuerdo de 23 de Julio de la Mesa General de Negociación el cese de estos descuentos para el personal de la Administración del Estado, entre los que nos estamos incluidos los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.

STAJ exige al Ministerio de Justicia que, en tanto se reforme la LOPJ donde vienen recogidos los descuentos, dicte las instrucciones necesarias para que los funcionarios de la Administración de Justicia perciban de forma inmediata la totalidad de las retribuciones cuando se encuentren de baja médica y no incurrir así en una gravísima discriminación con los trabajadores de la Administración del Estado que ya no van  a ver mermadas sus retribuciones por caer enfermos.

lunes, 20 de agosto de 2018

Concurso de Traslados 2018. Recordatorio. Hoy último día para la presentación de instancias.


En el BOE del pasado  23 de julio se ha publicado la Orden JUS/779/2018, de 6 de julio, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. para ámbito ministerio.
Además se publican las convocatorias del concurso de las comunidades autónomas con competencias de justicia transferidas.
La confección de la instancia de participación en el concurso debe hacerse necesariamente vía web, a través del asistente de inscripción, pulsa en el enlace: G.T.A. Concurso de traslados para tener acceso al mismo.
Ver enlaces a:

-PLAZO DE PRESENTACION DE INSTANCIAS: Del 24 de julio hasta el  20 de agosto

Es obligatorio rellenar la instancia con el asistente Ainoa.  Tras imprimir la instancia definitiva y  firmarla es necesario presentarla físicamente en oficinas con registro oficial o mediante procedimiento administrativo.

Enlace al : Asistente informático para la confección de la instancia







-CONFECCIÓN DE INSTANCIAS PARA EL CONCURSO DE TRASLADOS CON EL , ver enlace:  ASISTENTE DE INSCRIPCIÓN WEB.

La confección de la instancia ha de realizarse obligatoriamente con el asistente informático al que se accede a través de Ainoa en el portal de la administración de Justicia y también a través del enlace en la página Web del ministerio www.mjusticia.gob.es, sección de empleo público/concurso de traslados.

Para el manejo del asistente existe, ver enlace: un Manual que se encuentra también en la web del ministerio que explica paso a paso su utilización, y del que os ofrecemos un resumen a continuación: 


La primera pantalla contienen las condiciones generales de uso del asistente, leídas, pulsamos el botón de “seguir” 

En la parte superior de la pantalla figura una línea de pasos en los que nos vamos encontrando a lo largo del proceso de inscripción, siendo los siguientes: 

Acceso-Convocatoria-Datos de contacto-Tipo de inscripción-Idiomas-Peticiones-Finalizar 

ACCESO: En esta pantalla se solicita nuestro NIF, una vez validado aparecerá nuestro nombre y apellidos datos que no se pueden modificar. Pulsamos el botón “seguir”  (En el caso de funcionarios destinados en comunidades autónomas transferidas deberán incluir su nombre y apellidos pues el sistema no tiene sus datos grabados). 

CONVOCATORIA: Aquí hay que introducir el cuerpo en el que se está en el momento actual y aquel en el que queremos concursar.  Pulsamos “seguir” 

DATOS DE CONTACTO: En esta sección se ha de comunicar una dirección de contacto y un número de teléfono.  
Si se va a hacer la instancia condicionada a que otra persona obtenga plaza en el mismo partido judicial, municipio o provincia, se han de rellenar en esta pantalla los datos de la persona con quien se condiciones.  

TIPO DE INSCRIPCIÓN: hemos de indicar el tipo de formulario V 1, V 2 ´0 V3, en función de la situación administrativa en que nos encontremos.

-V 1 Los funcionarios destinados definitivamente en puestos de trabajo de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así como los que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo, radicados en el territorio nacional, sin competencias transferidas.

Además de señalar el botón de V 1 tenemos que indicar la situación activa o forma de provisión en la que nos encontramos (servido activo, comisión de servicios, excedencia por cuidado de familiares o servicios especiales) y el órgano de destino actual en propiedad.

Los funcionarios destinados en Juzgados o Tribunales de comunidades autónomas con competencias transferidas que estén interesados en las plazas que se oferten en este concurso, presentarán su solicitud al Departamento de Justicia de la Comunidad Autónoma de su actual destino  

-V 2 Aquellos funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por estar en otro cuerpo de la administración. También hemos de señalar el órgano de destino actual en propiedad. 

-V 3: Funcionarios en situación de excedencia particular o por agrupación familiar, adscritos provisionales por reingreso o gestores que hayan cesado como Letrados sustitutos.

Aparecerán desplegadas las diferentes situaciones en las que se puedan encontrar debiendo señalar la que corresponda. En el caso de estar en excedencia por interés particular o agrupación familiar hay que indicar la fecha en que se pasó a dicha situación. Finalmente también habrá que indicar el órgano de destino actual en propiedad. 

IDIOMAS: En esta pantalla en la que podrá cumplimentar los datos del nivel de conocimientos de idiomas oficiales de las Comunidades Autónomas, que posea, en su caso. 

PETICIONES: Aquí es donde deberemos seleccionar las plazas que nos interesan, con un máximo de 200 y con un orden de prioridad. Las plazas se pueden filtrar por provincia y localidad.

            En una ventana situada a la izquierda de Ofertas, aparecerá la denominación de las plazas con una R de resultas o V de vacantes (pidiendo la vacante se pide automáticamente las resultas que se puedan generar en el mismo órgano). La selección de las plazas la haremos “pinchando” con el ratón en la línea de la que nos interesa, debiendo aparecer en la ventana de la derecha de Selecciones. Si nos equivocamos y queremos borrarla deberemos pulsar sobre la línea de esa plaza, una flecha dirigida hacia la tabla de la izquierda, desapareciendo de nuestra selección, volviendo a aparecer en la tabla de Ofertas

            Para cambiar la prioridad de las plazas que hayamos seleccionado haremos uso de las flechas que aparecen sobre la tabla de selecciones, subiendo o bajando las que nos interesen.

            Una vez rellenadas las preferencias podrá descargar el listado de las mismas con el botón “Descargar selección”, que le proporcionará una lista cuya única validez es informativa y la cual no debe entregarse junto con el formulario de inscripción al concurso. Este documento le servirá al interesado para consultar los números de orden que ha elegido y los textos correspondientes a los mismos, ya que en el Formulario Definitivo sólo aparecen los números de orden de las peticiones, sin los textos de los destinos asociados a los mismos

FINALIZAR: Se debe indicar el municipio en el que firma la instancia y elegir la Gerencia a la que pertenece
            Se puede imprimir o guardar en el ordenador un borrador del formulario, con el botón de “Impresión de borrador”. 

            El botón de “Confirmar Inscripción” SÓLO DEBE PULSARSE una vez que estemos seguros de que no vamos a hacer ningún cambio. Para poder cambiarla tendríamos que generar una nueva inscripción entrando de nuevo al asistente y en la  primera fase de acceso, al lado de nuestros datos persónales, picar el botón de “Nueva Inscripción

            Una vez confirmada la inscripción, se habilitará el botón de “Impresión de definitivo” para poder imprimir o guardar la instancia definitiva que se deberá entregar firmada a la Gerencia u órgano competente. 

En las CCAA con idioma se ha de entregar el titulo compulsado del nivel de idioma junto con la instancia del concurso.  

martes, 14 de agosto de 2018

Concurso de Traslados 2018. Recordatorio; Convocatoria. Plazos. Asistente e instrucciones para rellenar instancias.


En el BOE de hoy lunes 23 de julio se ha publicado la Orden JUS/779/2018, de 6 de julio, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. para ámbito ministerio. 
Además se publican las convocatorias del concurso de las comunidades autónomas con competencias de justicia transferidas.
-PLAZO DE PRESENTACION DE INSTANCIAS: DESDE EL 24 DE JULIO HASTA EL 20 DE AGOSTO.

Se ha ampliado el plazo debido a una correción posterior realizada sobre el concurso de traslados una vez publicado. La citada corrección no afecta a Aragón.

Es obligatorio rellenar la instancia con el asistente Ainoa.  Tras imprimir la instancia definitiva y  firmarla es necesario presentarla físicamente en oficinas con registro oficial o mediante procedimiento administrativo.

Enlace al : Asistente informático para la confección de la instancia







-CONFECCIÓN DE INSTANCIAS PARA EL CONCURSO DE TRASLADOS CON EL  ASISTENTE DE INSCRIPCIÓN WEB.

La confección de la instancia ha de realizarse obligatoriamente con el asistente informático al que se accede a través de Ainoa en el portal de la administración de Justicia y también a través del enlace en la página Web del ministerio www.mjusticia.gob.es, sección de empleo público/concurso de traslados.

Para el manejo del asistente existe, ver enlace: un Manual que se encuentra también en la web del ministerio que explica paso a paso su utilización, y del que os ofrecemos un resumen a continuación: 


La primera pantalla contienen las condiciones generales de uso del asistente, leídas, pulsamos el botón de “seguir” 

En la parte superior de la pantalla figura una línea de pasos en los que nos vamos encontrando a lo largo del proceso de inscripción, siendo los siguientes: 

Acceso-Convocatoria-Datos de contacto-Tipo de inscripción-Idiomas-Peticiones-Finalizar 

ACCESO: En esta pantalla se solicita nuestro NIF, una vez validado aparecerá nuestro nombre y apellidos datos que no se pueden modificar. Pulsamos el botón “seguir”  (En el caso de funcionarios destinados en comunidades autónomas transferidas deberán incluir su nombre y apellidos pues el sistema no tiene sus datos grabados). 

CONVOCATORIA: Aquí hay que introducir el cuerpo en el que se está en el momento actual y aquel en el que queremos concursar.  Pulsamos “seguir” 

DATOS DE CONTACTO: En esta sección se ha de comunicar una dirección de contacto y un número de teléfono.  
Si se va a hacer la instancia condicionada a que otra persona obtenga plaza en el mismo partido judicial, municipio o provincia, se han de rellenar en esta pantalla los datos de la persona con quien se condiciones.  

TIPO DE INSCRIPCIÓN: hemos de indicar el tipo de formulario V 1, V 2 ´0 V3, en función de la situación administrativa en que nos encontremos.

-V 1 Los funcionarios destinados definitivamente en puestos de trabajo de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así como los que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo, radicados en el territorio nacional, sin competencias transferidas.

Además de señalar el botón de V 1 tenemos que indicar la situación activa o forma de provisión en la que nos encontramos (servido activo, comisión de servicios, excedencia por cuidado de familiares o servicios especiales) y el órgano de destino actual en propiedad.

Los funcionarios destinados en Juzgados o Tribunales de comunidades autónomas con competencias transferidas que estén interesados en las plazas que se oferten en este concurso, presentarán su solicitud al Departamento de Justicia de la Comunidad Autónoma de su actual destino  

-V 2 Aquellos funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por estar en otro cuerpo de la administración. También hemos de señalar el órgano de destino actual en propiedad. 

-V 3: Funcionarios en situación de excedencia particular o por agrupación familiar, adscritos provisionales por reingreso o gestores que hayan cesado como Letrados sustitutos.

Aparecerán desplegadas las diferentes situaciones en las que se puedan encontrar debiendo señalar la que corresponda. En el caso de estar en excedencia por interés particular o agrupación familiar hay que indicar la fecha en que se pasó a dicha situación. Finalmente también habrá que indicar el órgano de destino actual en propiedad. 

IDIOMAS: En esta pantalla en la que podrá cumplimentar los datos del nivel de conocimientos de idiomas oficiales de las Comunidades Autónomas, que posea, en su caso. 

PETICIONES: Aquí es donde deberemos seleccionar las plazas que nos interesan, con un máximo de 200 y con un orden de prioridad. Las plazas se pueden filtrar por provincia y localidad.

            En una ventana situada a la izquierda de Ofertas, aparecerá la denominación de las plazas con una R de resultas o V de vacantes (pidiendo la vacante se pide automáticamente las resultas que se puedan generar en el mismo órgano). La selección de las plazas la haremos “pinchando” con el ratón en la línea de la que nos interesa, debiendo aparecer en la ventana de la derecha de Selecciones. Si nos equivocamos y queremos borrarla deberemos pulsar sobre la línea de esa plaza, una flecha dirigida hacia la tabla de la izquierda, desapareciendo de nuestra selección, volviendo a aparecer en la tabla de Ofertas

            Para cambiar la prioridad de las plazas que hayamos seleccionado haremos uso de las flechas que aparecen sobre la tabla de selecciones, subiendo o bajando las que nos interesen.

            Una vez rellenadas las preferencias podrá descargar el listado de las mismas con el botón “Descargar selección”, que le proporcionará una lista cuya única validez es informativa y la cual no debe entregarse junto con el formulario de inscripción al concurso. Este documento le servirá al interesado para consultar los números de orden que ha elegido y los textos correspondientes a los mismos, ya que en el Formulario Definitivo sólo aparecen los números de orden de las peticiones, sin los textos de los destinos asociados a los mismos

FINALIZAR: Se debe indicar el municipio en el que firma la instancia y elegir la Gerencia a la que pertenece
            Se puede imprimir o guardar en el ordenador un borrador del formulario, con el botón de “Impresión de borrador”. 

            El botón de “Confirmar Inscripción” SÓLO DEBE PULSARSE una vez que estemos seguros de que no vamos a hacer ningún cambio. Para poder cambiarla tendríamos que generar una nueva inscripción entrando de nuevo al asistente y en la  primera fase de acceso, al lado de nuestros datos persónales, picar el botón de “Nueva Inscripción

            Una vez confirmada la inscripción, se habilitará el botón de “Impresión de definitivo” para poder imprimir o guardar la instancia definitiva que se deberá entregar firmada a la Gerencia u órgano competente. 

En las CCAA con idioma se ha de entregar el titulo compulsado del nivel de idioma junto con la instancia del concurso.  

Acción social.