
Como recordaréis, en el mes de marzo efectuaron el pago del 10% de esta paga extra de 2013. En consecuencia, el importe de esta devolución del 30% será el triple del importe que se devolvió en el mes de marzo.
Todas aquellas personas que actualmente no están trabajando en la Administración de Justicia en Cataluña (jubilaciones, concurso de traslado, etc) pero se encontraban trabajando en Cataluña en el año 2013, cobrarán también de oficio, así como los que están trabajando actualmente en Cataluña, siempre y cuando no hayan cambiado el número de cuenta o hayan comunicado dicho cambio cuando se cobró en marzo el 10% de dicha paga.