STAJ ha interpuesto Recurso Contencioso Administrativo contra la proclamación definitiva de las bolsas de trabajo. Y DGA cita a los Sindicatos para modificar la normativa que regula las bolsas de trabajo.
Los criterios tan restrictivos de acceso a las bolsas de interinos,
el cambio interpretativo de DGA respecto a los requisitos exigidos para el acceso a las mismas y el modo la comprobación de los requisitos, ha dado como resultado unas bolsas de trabajo con escasos integrantes y que en el caso de los C. de Gestión y Tramitación P. y A. se agotaran en apenas 3 meses.
STAJ propuso a DGA que aquellos aspirantes que quedaron fuera por el cambio interpretativo de DGA respecto a la puntuación obtenida en el primer exámen fueran admitidos a continuación de los admitidos inicialmente, ya que con el sistema actual en el que cada integrante conserva su orden de forma permanente no se perjudicaba a los admitidos con anterioridad, pero la DGA no admitió esta propuesta y optó por acudir al INAEM.
El pasado 7 de octubre se publicó la lista definitiva de integrantes elaborada desde los datos remitidos por INAEM, y DGA parece haber tomado conciencia de los errores de las bolsas de interinos vigentes y reunió a los sindicatos el pasado 24 de octubre para abordar y modificar la normativa actual de las bolsas de trabajo y evitar problemas en la próxima convocatoria de las bolsas de interinos.
STAJ planteó :
-Que se realice una nueva negociación y convocatoria de bolsas de trabajo después de cada proceso selectivo.
Los requisitos respecto a los resultados y requisitos variarán según los procesos sean concurso-oposición o solamente oposición, fundamentalmente en las notas de corte.
-En los requisitos de acceso:
-Que la nota exigida para el acceso alas bolsas de trabajo, se refiera exclusivamente al primer examen, prueba, ejercicio o como quieran denominarlo....(Actualmente es el cuestionario de 100 preguntas). Tanto en el caso de haber aprobado un exámen , como en el caso de exigir una nota mínima y además contar con 6 meses de experiencia en el cuerpo al que se aspira.
Entendemos que la elección del ámbito por el que cada opositor se presenta es determinante a la hora de aprobar o no ejercicios o exámenes ya que no en todos los ámbitos se superan con la misma nota. Pero lo que no puede negarse es el acceso a las bolsas de trabajo cuando alguien haya aprobado exámenes de la oposición legitimamente. Por tanto buscaremos la mejor opción.
-Posibilidad de pertenecer a otos cuerpos y ámbitos territoriales. Eliminación de la exigencia de no pertenecer a otras bolsas de trabajo en otros ámbitos del mismo cuerpo al que se aspira.
Esto ha generado situaciones de desigualdad sobre todo en la comprobación del requisito.
- Eliminación de la exigencia de estar inscrito en los servicios Públicos de Empleo como demandante o como mejora de empleo.
-Implantación de las tutorias personalizadas retribuídas. Es la fomación más eficiente.
- C. de Tramitación: Acreditar conocimientos y velocidad mecanografica, de forma que las personas que sean nombradas lleguen a los órganos judiciales sabiendo escribir en ordenador y con cierta velocidad.
-Los requisitos deben referirse a los dos últimos procesos selectivos, y no sólo al último.
-Llamamientos y nombramientos públicos.
-Ampliación de uno a dos meses, del tiempo en el que pueda tener preferencia para nombramiento, la persona que ha cesado en un órgano judicial si vuelve a producirse la necesidad de otro nombramiento en el mismo órgano.
Ver enlace a la actual regulación:
La DGA ha requerido a los sindicatos para que esta semana remitamos nuestras propuestas detalladas referentes a los requisitos de acceso y la modificación que pueden tener en la valoración de méritos.
El objetivo es que la modificación pueda estar aprobada y publicada para poder convocar una nueva bolsa de interinos tras la finalización de los procesos selectivos correspondientes a la OPE 2017-2018.