
Acabamos de recibir un correo electrónico de la Dirección General de Justicia por el que se nos remite Resolución que aclara algunas dudas respecto a la Orden de 15 de marzo de 2020, de la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales por la que se determinan los servicios esenciales en la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón, en vigor hasta el momento. Mediante la Resolución del día de hoy se aclaran dudas y se corrigen errores y/u omisiones:
La Orden de 15 de marzo de 2020 sigue en vigor respecto a lo no corregido o modificado.
Se incluye las referencias omitidas continuación coloreadas en azul.
1º. Audiencias Provinciales de Huesca y de Teruel: Un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A., uno de Tramitación P.A. y un funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial.
2º. Audiencia Provincial de Zaragoza: Un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A., uno de Tramitación P.A. en cada sección penal y un funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial para las tres secciones; Un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A. o uno de Tramitación P.A. en cada sección civil y un funcionario del Cuerpo de Auxilio para las tres secciones.
2º Juzgados unipersonales:
- Juzgados de Instrucción que no estén de guardia: un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A. y un funcionario del Cuerpo de Tramitación P.A. en cada Juzgado y un funcionario del Cuerpo de Auxilio cada cuatro Juzgados de Instrucción.
- Juzgados de lo Social y de lo Contencioso-Administrativo de Huesca y de Teruel: un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A. o un funcionario del Cuerpo de Tramitación P.A. en cada juzgado y un Auxilios para los dos.
- Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Huesca y Teruel que no estén de guardia: un funcionario del cuerpo de Gestión P.A. o un funcionario del Cuerpo de Tramitación P.A. Además 1 funcionario de Auxilio para todos los J. de P. Instancia e Instrucción de cada municipio.
- J. de Primera Instancia e Instrucción con funciones de Registro Civil y/o violencia sobre la mujer que no estén de guardia, un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A. y un funcionario del Cuerpo de Tramitación P.A.
- Juzgados de Vigilancia Penitenciaria y Juzgados de Menores de Zaragoza: un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A. o un funcionario del Cuerpo de Tramitación P.A para cada órgano y un funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial para los cuatro.
- SACE:: Un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A., un funcionario del Cuerpo de Tramitación P.A. Y un Auxilio J.
- Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses:
Zaragoza:- Los médicos forenses de guardia de cada zona (uno en Zaragoza y dos para la provincia con posibilidad de apoyo al médico Forense de Zaragoza si fuera preciso) y un funcionario de Guardia en la sede de la Ciudad de la Justicia.
Un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A. o del Cuerpo de Tramitación P.A. y un Auxilio J.en la sede del IMLA.
Dos auxiliares de autopsias en turno de mañana y uno en turno de tarde, un Técnico de laboratorio y un equipo psico-social en turno de mañana.
Se reiteran las siguientes medidas impartidas por Salud Pública:
1. Se extremará la limpieza y desinfección de las instalaciones.
2. Se recomienda adoptar medidas generales de protección individual de enfermedades respiratorias, tales como:
· Realizar una higiene de manos frecuente (lavado con agua y jabón o soluciones alcohólicas), especialmente después de contacto directo con personas enfermas o su entorno.
· Evitar el contacto estrecho con personas que muestren signos de afección respiratoria, como tos o estornudos.
· Mantener una distancia de un metro aproximadamente con las personas con síntomas de infección respiratoria aguda.
· Cubrir la boca y nariz al toser o estornudar y lavarse las manos.
Eran precisas las correcciones efectuadas, pero aun así sigue pareciéndonos excesiva la dotación de los servicios esenciales, los cuales consideramos que deben reducirse con urgencia, así como el horario de prestación de los mismos siendo más que suficiente de 9:00 a 14:00.
No dejaremos de insistir en este aspecto.
ES innecesaria la exposición del personal durante tanto tiempo cuando se han suspendido los plazos procesales.
Eran precisas las correcciones efectuadas, pero aun así sigue pareciéndonos excesiva la dotación de los servicios esenciales, los cuales consideramos que deben reducirse con urgencia, así como el horario de prestación de los mismos siendo más que suficiente de 9:00 a 14:00.
No dejaremos de insistir en este aspecto.
ES innecesaria la exposición del personal durante tanto tiempo cuando se han suspendido los plazos procesales.