lunes, 17 de mayo de 2021

JUBILACIÓN DE C. PASIVAS: EL T. CONSTITUCIONAL DEJA SIN EFECTO EL CAMBIO DE GESTION DE C. PASIVAS A S. SOCIAL.

El Tribunal Constitucional ha anulado la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto-Ley 15/2020, aprobado el año pasado por el Gobierno, la que integraba el Régimen de jubilación Clases Pasivas del Estado en la Seguridad Social. Así el TC ha dejado sin efecto que mediante Decreto Ley se pueda traspasar la gestión de clases pasivas del Ministerio de Hacienda al de Seguridad Social, por no ver acreditada la extraordinaria y urgente necesidad para ello. 

El recurso que se planteó a dicho traspaso fue interpuesto por  un grupo parlamentario, porque según la Constitución Española en su art. 162 , sólo están legitimados para interponer este tipo de recursos: 

 C. E. Artículo 162.  Están legitimados: a) Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.

Recordad que en el mes de abril del año 2020 el Ejecutivo traspasó la gestión del Régimen de Clases Pasivas a la Seguridad Social, sin un debate parlamentario previo, ni tan siquiera una audiencia previa o una reunión informativa con las organizaciones sindicales, dado que se trata de una medida que afecta al colectivo de funcionarios integrados en el Régimen de Clases Pasivas (los ingresados en la Administración con anterioridad del 1 de enero del 2011).

 Esa integración en la Seguridad Social no afectaba a las condiciones, ni a la cuantía de la jubilación, ni al derecho a la percepción de las pensiones, ni los requisitos, plazos, cálculo y/o condiciones en que se generan y se devengan.

Lo que se recurrió fue el instrumento legislativo (un Real Decreto-Ley) que utilizó el Ejecutivo para hacer el cambio. No se recurrió el fondo de la cuestión, sino las formas, el instrumento legislativo utilizado.

El Real Decreto Ley exige “extraordinaria y urgente necesidad”, y ahora, el TC anula la Disposición Adicional Sexta, la de integración del Régimen de Clases pasivas en la Seguridad Social, al no ver acreditada la "extraordinaria y urgente necesidad". El Ejecutivo hizo un mal uso del Real Decreto Ley.

Si el Ejecutivo pretende seguir adelante con su idea inicial de integrar el Régimen de Clases Pasivas en la Seguridad Social, tendrá que hacerlo modificando las leyes que correspondan mediante el procedimiento ordinario de tramitación parlamentaria.

De momento, la integración por la vía del Real Decreto Ley ha sido anulada por el Tribunal Constitucional.

Ello avala lo que en su día afirmamos, que se trata de un cambio de gestión y no de otra cosa, y que cualquier cambio legislativo que afecte a las pensiones de clases pasivas, se podría hacer tranquilamente sin cambiar de Ministerio ni de órgano de gestión. 

El alarmismo injustificado creado, excepto para buscar protagonismo, que se convirtió en dudas entre el personal de justicia, ningún sentido ni significado tenía, más que sembrar miedo como estrategia seguida por algunos.

Clases pasivas a día de hoy siguen igual, con o sin traspaso la legislación y las pensiones siguen siendo lo mismo que antes. A mayor abundamiento, como ya afirmamos en su día, Clases Pasivas es un sistema de pensiones que se declaró a extinguir hace diez años, con lo cual es poco probable que se reforme nada del mismo, porque desaparecerá en unos años sin necesidad de imponer ningún cambio.

Nos gustaría que el mismo entusiasmo que van poniendo algunos en crear inseguridad y miedo para captar trabajadores, lo utilizasen en colaborar en la recogida de firmas para que los funcionarios, todos nosotros, los de clases pasivas y lo que no lo son, paguemos medicamentos en las mismas condiciones que en la Seguridad Social y no la barbaridad del 30% en la jubilación. Dejen de bombardear las iniciativas que realmente benefician al colectivo, como la del copago, que ni tan siquiera era nuestra, sino que se inició por otros colectivos también afectados y a la que inmediatamente tras tener conocimiento nos adherimos, por ser una medida efectiva y reclamada insistentemente por todos. Estos comportamientos solo van en detrimiento de nuestro colectivo. Ver enlace a la noticia: Aacceso a la noticia

Acción social.