viernes, 9 de diciembre de 2022

NUEVA OFICINA FISCAL DE ARAGON. CONFIRMACION DE PERSONAL FUNCIONARIO. E INICIO DE FASE DE REORDENACION DE EFECTIVOS

Hoy 9 de diciembre se publica en el Boletín Oficial de Aragón la, ver enlace:

RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Justicia, por la que se confirma al personal funcionario destinado en las actuales Fiscalías de la Comunidad Autónoma de Aragón en los puestos de trabajo en el proceso de acoplamiento en la implantación de la Oficina Fiscal de la Comunidad Autónoma de Aragón y se inicia la fase de reordenación de efectivos.

A través de la citada resolución se confirma al personal funcionario (de carrera) destinado en las actuales Fiscalías de la C. de Aragón, Fiscalía Provincial de Zaragoza y Fiscalía de Teruel en el proceso de acoplamiento en la implantación de la Nueva Oficina Fiscal en Aragón y se inicia la fase de reordenación de efectivos. 

-CONFIRMACION DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE LAS ACTUALES FISCALIAS: Los funcionarios confirmados aparecen con sus datos personales en el Anexo I.

EFECTOS: Dicha confirmación tendrá efectos desde la fecha de entrada en funcionamiento de la Oficina Fiscal de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se determinará por Resolución de esta Dirección General de Justicia.

-REORDENACION DE EFECTIVOS:

La fase de reordenación de efectivos y que en este caso afecta al C. de Tramitación P.A.,  se levará a cabo según lo establecido en el : ver enlace: Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al Servicio de la Administración de Justicia (Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero.) en su artículo 52 y que a continuación transcribimos:

ARTÍCULO 52 Reordenación de efectivos.

Cuando proceda la adecuación de los efectivos a los puestos de trabajo de un centro, por haberse producido la correspondiente modificación de la plantilla, se procederá por el Secretario General de Justicia o, en su caso, por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, a adjudicar los puestos de trabajo al personal afectado previo informe del Presidente, Juez Decano, Fiscal Jefe o Director del Organismo correspondiente, conforme a las siguientes normas:

  1. Con carácter previo, se ofrecerá la adjudicación de los funcionarios destinados en el centro de trabajo para su aceptación voluntaria. Si hubiere más de un funcionario voluntario se elegirá al más antiguo de los solicitantes, salvo que las características del puesto de trabajo exigieran determinados conocimientos reflejados en la plantilla, en cuyo caso se designará al más antiguo que cumpliera las condiciones de entre los solicitantes, mediante resolución motivada, con la debida publicidad y oídas las organizaciones sindicales más representativas.

  2. Si no hubiera funcionario voluntariamente interesado, se procederá a la adjudicación forzosa, a aquel de menor antigüedad en el Cuerpo, entre todos los destinados en el centro de trabajo salvo que se requirieran especiales condiciones técnicas exigidas por las características del puesto de trabajo reflejados en la plantilla, en cuyo caso se designará al de menor antigüedad que cumpliera estas condiciones mediante Resolución motivada y notificada al afectado, oídas las organizaciones sindicales más representativas.

  3. Excepcionalmente, el funcionario cuyo puesto de trabajo le haya sido adjudicado de forma forzosa podrá participar en los concursos de traslado, aún cuando no hubiere trascurrido el plazo de un año que exige el artículo 57, párrafo c) del presente Reglamento. A su vez, tendrán derecho preferente, por una sola vez, para obtener otro puesto de trabajo del propio centro con ocasión de concurso ordinario en que se ofrezca y tomando parte en el mismo.

  4. La adjudicación forzosa no podrá suponer, en ningún caso, cambio de centro de trabajo ni de localidad. Si supusiera disminución de las retribuciones percibidas por todos los conceptos, se exigirá el expreso consentimiento del interesado.


.A tales efectos, deberá realizarse la correspondiente comunicación de la oferta de los puestos al personal funcionario afectado por dicha reordenación que se relaciona en el anexo II de la presente Resolución.

 Las comunicaciones y resoluciones correspondientes a esta fase se harán públicas a través de la intranet de Justicia.

Acción social.