“Adicionalmente en el año 2023, si la suma de la variación del IPCA del año 2022 y del IPCA adelantado del mes de septiembre de 2023 superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022 y 2023 establecido en los párrafos anteriores, se aplicará un incremento retributivo adicional máximo del 0,5%. Este posible incremento adicional del año 2023, de carácter consolidable, tendrá efectos de 1 de enero de 2023 y se abonará en el mes de octubre de 2023”.
-Esta subida del 0’5 es consecuencia del incremento del IPCA (8’1% a 31 de agosto de 2023) correspondiente al periodo 1 de enero de 2022 al 30 de septiembre de 2023. El incremento retributivo fijo acumulado de 2022 y 2023 fue del 6% (no es previsible que el IPCA descienda en septiembre del 8,1% al 6%).
-El 0’5% se debería aplicará a todas las partidas de la nómina y debería aplicarse en la nómina de octubre.
Pero no podemos asegurar que efectivamente se realice en todos los ámbitos en la nómina del mes de octubre, ya que dependerá de la disponibilidad presupuestaria de cada territorio. En cuanto nos confirmen cuando se relizará en ingreso en Aragón lo comunicaremos.