miércoles, 19 de marzo de 2025

BOE: MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN SOBRE LA JORNADA Y HORARIO SOBRE EL DÍA SALIENTE DE GUARDIA.

 En el BOE de hoy se publica la, ver enlace: Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se modifica, ver enlace: la de 5 de diciembre de 1996, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios en el ámbito de la Administración de Justicia.

La modificación afecta al punto 16 del apartado séptimo, que queda redactado como sigue: 

«16. Normas comunes. 

e) Al término del servicio de guardia ordinaria, los funcionarios que lo hubieren prestado podrán dejar de asistir a la oficina el propio día de conclusión de la guardia o dentro de los tres días laborables siguientes en los mismos supuestos reconocidos a los Letrados de la Administración de Justicia».

Señalar  que no se está  creando un nuevo permiso, sino que se está permitiendo que quien libra después de la guardia lo pueda hacer dentro de los tres días siguientes.

Acción social.