lunes, 18 de enero de 2016

Acción Social 2016. Plazo presentación de solicitudes. Del 16 de enero al 15 de febrero. Novedades.

Resultado de imagen de IMAGENES ACCION SOCIALDado el retraso que supuso en la tramitación de la las ayudas de Acción Social 2015, la presentación del certificado de imputación de rentas de los hijos mayores de 18 años y menores de 25, que no puede estar disponible hasta que no finalice la campaña de presentación del IRPF, se ha introducido una pequeña novedad con el fin de agilizar los trámites.

Se modifica la solicitud de ayudas de acción social de justicia mediante Orden del Consejero a fin de que los beneficiarios de la ayuda por discapaciad y para el cuidado de hijos no tengan que aportar el certificado de imputación de ingresos de los hijos de que no superan la cantidad de 3.653 € en el supuesto de que hubiera cumplido 18 años de edad a fecha 31 de diciembre del año anterior al que se formule la solicitud. 

-NOVEDAD: La modificación consiste en incluir una casilla más en las  ayudas por los conceptos de Discapacidad e Hijos, para la firma del consentimiento del discapacitado mayor de 18 años y del hijo mayor de 18 años y menor de 25. 

De esta forma autorizan a la Administración para recabar el certificado a través de la Agencia Tributaria (ya me he puesto en contacto con la AEAT).

 En caso de que no autoricen deberán presentarlo ellos en papel a la Administración.

-Publicación en BOA de hoy 15-1-2016.:Ver enlace: MODIFICACION E INSTANCIA ACCION SOCIAL 2O16 PULICADA EN BOA

-PLAZO PRESENTACION DE SOLICITUDES: Del 16 DE ENERO  al 15 DE FEBRERO 2016.

-ORDEN ACCION SOCIAL 2016:  Ver enlace: ORDEN ACCION SOCIAL 2016.

-MODELO SOLICITUD ACCION SOCIAL: Ver enlace: Modelo Solicitud Acción Social.

-REGULACION AYUDAS ACCION SOCIAL: Ver enlace:

DECRETO REGULACION AYUDAS ACCION SOCIAL ARAGON.

-Enlace aplicación Portal del empleado.:Enlace aplicación Portal del Empleado.



En el BOA de 26 de diciembre de 2014 se publicó el Decreto   216/2014, de 16 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema de ayudas de acción social a favor del personal funcionario perteneciente a los Cuerpos Nacionales al servicio de la Administración de Justicia, transferido a la Comunidad Autónoma de Aragón y se crea el fichero de datos de carácter personal con el mismo nombre. En el se establece el plazo de presentación de solictudes.

      -MODELO DE SOLICITUD:  En ANEXO I , o bien accediendo a la aplicación que se ha colgado en  el portal del empleado para confeccionar la instancia.

 Una vez rellenado el modelo de solicitud deberá presentarse físicamente junto con la documentación requerida para cada tipo de ayuda.

Si se utiliza la aplicación del portal del empleado, una vez rellenada debe aceptarse e imprimirse y presentarse físicamente tambien junto con la documentación requerida para cada tipo de ayuda.

-PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Físicamente, por cualquier medio previsto en la Ley 30/92 y en las Unidades Administrativas. Puede utilizarse la solicitud impresa de la aplicación propuesta por DGA en el portal del empleao o el modelo rellenado publicado en el BOA.

-Y deberán dirigirse a la Dirección General de Justicia de Aragón. P. Mª Agustín 36. Zaragoza.

-PLAZO PRESENTACION: 16 de enero al 15 de febrero (ambos incluídos).

     - Los REQUISITOS GENERALES que se debe reunir, además de los específicos de cada ayuda.

         * Encontrarse en servicio activo como funcionario de la Administración de Justicia, con destino en la Comunidad Autónoma de Aragón, a fecha 31 de diciembre de 2015. O

          * Haber prestado servicios durante seis meses en el año 2015, sin necesidad de que éstos sean ininterrumpidos.

                                            -NO EXISTE  LIMITE DE RENTAS.

    - TIPOS DE AYUDAS:  DISCAPACIDAD, HIJOS, SANITARIA, ESTUDIOS.


    *  DISCAPACIDAD: Se suprimió el límite de edad para los familiares discapacitados, debiendo acreditar, si éstos superasen los 18 años, que sus ingresos no superan los 3.653 euros. Del 33% al 50%: 1.466 euros. Del 51% al 75%: 1.712 euros y del 76% al 100%: 1.954 euros.

    *  HIJOSSe incluyen los hijos hasta la edad de 25 años, a fecha 31-12-2015. Con el mismo requisito de justificar, si tienen más de 18 años, que no percibieron ingresos superiores a 3.653 euros.

        Importe máximo por 1 hijo: 300 euros. Por dos o más hijos 450 euros.

      * SANTARIA. Importe máximo: 300 euros.
En este tipo de ayuda, los funcionarios titulares deberán aportar certificación tanto positiva o negativa de haber o recibido o no cantidad alguna de MUGEJU.
Ver enlace modelo de solicitud a MUGEJU.:
Solicitud Certificación a Mugeju para Acción Social 2016.


     * ESTUDIOS. Importe máximo: 300 euros. 

NO ES PRECISO APORTAR LA DOCUMENTACIÓN QUE YA OBRA EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN. (Y que ya fue aportada el pasado año en el proceso de acción social 2015).




Acción social.