-Concurso Fase I.- En las próximas semanas quedará resuelto y publicado en BOE.
-El concurso de 2026 tiene intención de convocarlo antes de Agosto.
-Concurso Fase I.- En las próximas semanas quedará resuelto y publicado en BOE.
-El concurso de 2026 tiene intención de convocarlo antes de Agosto.
Hoy se ha publicado hoy 13-4-2026 en la intranet sin ningún tipo de negociación sindical la siguiente resolución respecto del Teletrabajo, ver enlace:
La negociación con las organizaciones sindicales es un trámite necesario, esta publicación supone una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
STAJ quiere revisar con detalle las dotaciones asignadas y realizar una comparativa con la situación anterior para ver el resultado de las ratios publicadas por la Dirección General. Si son iguales, inferiores o superiores respecto a las ratios establecidas con anterioridad a la NUMO y proceder convenientemente para mantener y mejorar las condiciones de nuestro colectivo.
En cualquier caso, la Dirección General no se puede obviar los trámites y requisitos necesarios establecidos legalmente. Debe cumplir con ellos. No pueden hacer de "su capa un sallo".
Y STAJ exige el cumplimiento de la normativa por la Dirección General. Las normas son para todos, no sólo para algunos.
No pueden hacerse las cosas a salto de mata. Sabían la fecha de finalización de la suspensión del teletrabajo. Precisamente la víspera de su reactivación publican nuevos requisitos y condiciones.
STAJ advirtió que no pueden imponerse condiciones sin previo aviso de un dia para otro, sin negociación previa... El personal necesita tiempo para organizar y coordinar la vida personal y laboral.
ASI NO SE HACEN LAS COSAS.
EL TELETRABAJO DEBE CONTINUAR VIGENTE Y MEJORAR SUS CONDICIONES SIN INTERRUPCIONES TEMPORALES.
La citada resolución contiene lo siguiente:
- El personal adscrito a la Oficina Judicial de Zaragoza: que, a partir del día 14 de abril de 2026, desee prestar servicios en la modalidad de teletrabajo, deberá cursar la correspondiente solicitud ya que las autorizaciones para la prestación de servicios en régimen de teletrabajo ya concedidas se entenderán caducadas con la finalización de la suspensión provisional, es decir, con fecha de 13 de abril de 2026.
Las previsiones anteriores no resultarán de aplicación al personal adscrito a la Oficina Fiscal y al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón.
-En el resto de partidos judiciales, en aquellos servicios en que el número de funcionarios/as que se encuentre prestando servicios en régimen de teletrabajo sea superior al límite establecido en el punto primero, se entenderán caducadas las autorizaciones del personal afectado con fecha de 13 de abril de 2026. El personal adscrito a dichos servicios que, a partir del día 14 de abril, desee prestar servicios en la modalidad de teletrabajo, deberá cursar la correspondiente solicitud.
-SOLICITUD TELETRABAJO.
Formular solicitud a través del Letrado/a de la Administración de Justicia Director/a del Servicio Común o, en su caso, Área, del Fiscal o del responsable del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón, según corresponda, quien manifestará su conformidad para su autorización, en su caso, comunicándolo a la Dirección General de Justicia.
FORMULARIO SOLICITUD TELETRABAJO.
Enlace a hoja informativa de 8-4-2026 sobre: COMISION SEGUIMIENTO DE ACUERDO GARANTIAS 8-1-2025.
El miércoles 8 de abril se ha celebrado reunión de la comisión de seguimiento del Acuerdo de 8 de enero de 2025 suscrito entre el Ministerio de Justicia y los sindicatos STAJ, CSIF, UGT y CIG, de garantías en el proceso de transición al nuevo modelo de oficina judicial derivado de la Ley Orgánica 1/2025 por la que se instauran los Tribunales de Instancia.
STAJ ha puesto de manifiesto durante la reunión las muchas disfunciones que está produciendo la implantación, tanto por la configuración de numerosas Relaciones de Puestos de Trabajo en todos los territorios, en las que se han incumplido alguno de los puntos del acuerdo tales como la no creación de áreas a partir de 12 unidades judiciales en una misma sección del Tribunal o la creación de equipos orgánicos a partir de 50 efectivos, así como por la improvisación en el reparto del trabajo mediante la creación, por parte de muchos Secretarios Coordinadores y Directores de los servicios, de lo que han denominado “equipos o grupos funcionales”, diseñando una auténtica subestructura dentro de los diferentes Servicios que excede en mucho de lo previsto en las Relaciones de Puestos de Trabajo, arrogándose una competencia que no les corresponde. Recordemos que por tales motivos STAJ tiene recurridas la mayoría de Relaciones de Puestos de Trabajo donde no se incumplen esos criterios, así como numerosos protocolos e instrucciones dictadas por los Coordinadores y Directores de los Servicios.
Además, la redistribución de los procedimientos entre el personal se ha realizado en muchos casos sin criterios claros ni por supuesto transparentes y en ocasiones sin siquiera conocimiento del personal, por lo que se ha generado una cierta anarquía en la que cada uno hace lo que puede. También se está asignando la tramitación de procedimientos propios de la Oficina Judicial a Oficinas de Justicia en el Municipio, o incluso a Oficinas Delegadas en Centros penitenciarios, sin estudio previo de la viabilidad material y personal de dicha asignación, obviando cuáles son las funciones propias de esas Oficinas. Todo ello sin olvidar que algunos han aprovechado la situación para delegar aún más, si cabe, las funciones que les corresponden, consignándolo incluso mediante órdenes escritas.
Junto a ello, en numerosos centros de destino, el tránsito al nuevo modelo ha conllevado un traslado físico de los puestos de trabajo y por tanto del personal, de manera que se han rediseñado las dependencias de las oficinas provocando en muchos casos un hacinamiento inaceptable de las personas que las integran, con la mirada hacia otro lado de los responsables de las Administraciones prestacionales (Ministerio y CCAA).
También hemos denunciado que se están produciendo situaciones de incumplimiento de garantías básicas recogidas en el Acuerdo, tales como la garantía de mantenimiento de función en el proceso de confirmación, o de mantenimiento de la frecuencia de realización del servicio de guardia para quienes tuvieran derecho a ella.
En definitiva, la implantación está siendo caótica, produciendo una compartimentación aún mayor de los servicios que la que prevé la propia norma, generando con ello una mayor burocracia interna que propicia una sobrecarga de trabajo en la práctica mayoría de los puestos de trabajo, con una distribución muy desigual que está generando situaciones de mucho estrés. Todo ello ha provocado que el servicio público “medio funcione” sólo gracias a la profesionalidad y responsabilidad de los funcionarios y funcionarias de Justicia, como siempre.
El Ministerio inicialmente niega que existan tales disfunciones o que si las hay no son tan graves y en todo caso son achacables a los primeros momentos, y que como todo cambio la situación se irá normalizando. No obstante, sí que ha tomado nota de las denuncias que hemos puesto de manifiesto en la reunión, pidiéndonos que comuniquemos dónde concretamente se están produciendo los problemas y disfunciones, comprometiéndose a dictar instrucciones claras para solventar los problemas interpretativos que puedan haber generado estas disfunciones.
En cuanto a la culminación de la negociación de la carrera profesional, cuya demora también hemos denunciado, el Ministerio nos ha convocado a nueva reunión del grupo de trabajo para el día 28 de abril, donde esperemos quede finalizado todo el diseño del Real Decreto que la regulará con carácter básico para su pase a mesa sectorial.
Os dejamos enlace al contenido de la :MESA SECTORIAL MINISTERIO DE JUSTICIA 9-4-2026
En la página Web del Ministerio se ha publicado se publica nota informativa del concurso de méritos para ingreso en el cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, convocado por Orden JUS/1288/2022, por el que se publica un nuevo listado de personas que han renunciado al proceso selectivo por Cataluña.
Se requiere a las personas aspirantes incluidas en la relación complementaria elevada a este órgano por el Tribunal Calificador Único, que deberán presentar la documentación acreditativa señalada en el Anexo I -Documentación y Declaración de incompatibilidad-, en UN PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES, desde el día siguiente a la publicación (13 de abril) a través del correo electrónico: procesos.selectivos@mjusticia.es.
En la página Web del Ministerio se ha publicado nota informativa del concurso de méritos para ingreso en el cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1288/2022, por el que se publica un nuevo listado de personas que han renunciado al proceso selectivo por la comunidad de Andalucía.
Los interesados deberán presentar la solicitud en el modelo que se adjunta como Anexo II a la presente convocatoria, acompañada del informe del responsable funcional (Letrado de la Administración de Justicia, Fiscal Superior, Director del Instituto de Medicina Legal), del órgano, servicio o unidad en que se encuentra destinado el solicitante, así como informe favorable de la Dirección General correspondiente u órgano equivalente, en el caso de funcionarios destinados en otras Comunidades Autónomas con competencias transferidas o en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia.
Las solicitudes, junto con los informes correspondientes, se dirigirán a la Dirección General de Justicia del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia del Gobierno de Navarra y se presentarán necesariamente mediante remisión por correo electrónico a la dirección:
El plazo de presentación de solicitudes es de CINCO DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Resolución (8 de abril) en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet https://www.navarra.es/es/justicia/empleo-publico.
-C. SERVICIOS ASTURIAS.
En el Tablón electrónico de la comunidad de Asturias se ha publicado la Resolución de 9 de abril de 2026, por la que se hace oferta pública para la provisión temporal mediante el otorgamiento de comisión de servicios de puestos vacantes de los cuerpos de Gestión P.A., Tramitación P.A. y Auxilio Judicial.
Los funcionarios interesados en ocupar el puesto descrito podrán dirigir sus solicitudes a la Viceconsejería de Justicia en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en la Intranet del Gobierno del Principado de Asturias (9 de abril), alegando, en su caso, las circunstancias mencionadas en el artículo 5.2 de la Resolución de 16 de marzo de 2017, BOPA nº 69 de 24-III-2017, así como los documentos que lo acrediten. Su presentación deberá ajustarse a lo previsto en los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Acabamos de recibir correo electrónico de la Dirección General de Justicia en la que se nos comunica que "
Se han corregido errores materiales, datos, de la Resolución de 12 de marzo de 2026, del Director General de Justicia, por la que se adjudican los nuevos puestos de trabajo de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, las unidades en que se estructuran la Oficina Judicial de Zaragoza, la Oficina General del Registro Civil de Zaragoza y las Agrupaciones de Oficinas de Justicia en el Municipio del partido judicial de Zaragoza (tercera fase de implantación del Nuevo Modelo de Oficina Judicial)".
(Adjudicación definitiva).
Ver enlace a la corrección que se ha publicado en intranet hoy mismo 9 de abril:
ULTIMA HORA : CONFIRMACION POR MINISTERIO DE JUSTICIA FECHAS EXAMENES:
-P. INTERNA: SABADO 20 JUNIO 2O26.
-TURNO LIBRE: SABADO 3 DE OCTUBRE 2026.
Tras la confirmación de todos los ámbitos territoriales que han afirmado no existir problemas de disponibilidad de aulas, el Ministerio de Justicia ha confirmado las fechas citadas para el desarrollo de los exámenes.
Se ha publicado en la intranet de justicia, la ver enlace:
Tras recibir la Resolución del Director General por la que se deja sin efecto la convocatoria 5/2026 de COMISIONES DE SERVICIO EN LA PROVINCIA DE ZARAGOZA,
El Ministerio de Justicia nos acaba de informar que la empresa que gestiona el aplicativo del concurso de traslados 2024 (segunda parte-fase I de los Tribunales de Instancia), ha comunicado al Ministerio que les va a remitir el día 17 de abril las adjudicaciones, por lo tanto, ese mismo día o el siguiente se publicará en la página web del Ministerio para conocimiento de los interesados, mientras se prepara la publicación en el BOE.
-GESTION P.A. 2022. CATALUÑA. LISTADO COMPLEMENTARIO DE APROBADOS.
En la página Web del Ministerio se ha publicado se publica nota informativa del concurso de méritos para ingreso en el cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, convocado por Orden JUS/1288/2022, por el que se publica un nuevo listado de personas que han renunciado al proceso selectivo por Cataluña.
Se requiere a las personas aspirantes incluidas en la relación complementaria elevada a este órgano por el Tribunal Calificador Único, que deberán presentar la documentación acreditativa señalada en el Anexo I -Documentación y Declaración de incompatibilidad-, en UN PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES, desde el día siguiente a la publicación (6 de abril) a través del correo electrónico: procesos.selectivos@mjusticia.es.
-GESTION P. A. 2022 C. MERITOS. AMBITO MINISTERIO. ADJUDICACION DESTINOS.
En la página Web del Ministerio de Justicia se ha publicado la adjudicación de destinos de Gestión, correspondiente al proceso selectivo Orden JUS/1288/2022.
La publicación en el Boletín Oficial del Estado se realizará una vez que en todos los ámbitos territoriales hayan adjudicado los destinos.
En la página Web del Ministerio se ha publicado nota informativa del concurso de méritos para ingreso en el cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1288/2022, por el que se publica un nuevo listado de personas que han renunciado al proceso selectivo por la comunidad de Canarias.
En la página Web del Ministerio se ha publicado nota informativa del concurso de méritos para ingreso en el cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1288/2022, por el que se publica un nuevo listado de personas que han renunciado al proceso selectivo por ámbito Ministerio, Cataluña y comunidad de Madrid.
En la página Web del Ministerio se publica actualizado el subescalafón de Cataluña, del cuerpo de auxilio judicial del proceso de estabilización convocado por la Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre en el que no constan los aspirantes que a partir de la publicación de la Orden PJC/155/2026, de 27 de febrero (BOE núm. 55 de 3 de marzo de 2026), han presentado renuncia al proceso selectivo. Las personas que les sustituirán han de ser nombrados por la correspondiente Orden que se publicará en el BOE.
En el BOE del día 2 de Abril se publicó el Acuerdo de 24 de marzo de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en la Gerencia.
Podrán tomar parte en el presente concurso el personal funcionario de carrera de las Administraciones Públicas pertenecientes a las agrupaciones profesionales a que se refiere la disposición transitoria tercera del Real Decreto Legislativo 5/2015 y el personal funcionario de carrera perteneciente al cuerpo o escala de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas para desempeñar el puesto de trabajo y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes
Los funcionarios/as con destino definitivo podrán participar siempre que hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.
El plazo para la presentación de solicitudes será dentro de los QUINCE DÍAS HÀBILES, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.
Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo que está disponible en la página www.poderjudicial.es «Empleo Público - Convocatorias en curso -2026.
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán a la Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial y, junto a la documentación que se indica, se presentarán en:
a) En el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada, núm. 8, 28071 Madrid).
b) En los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) En la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402, si se dispone del correspondiente certificado electrónico.
En el BOE de ayer 7 de abril se publica la Resolución de 30 de marzo de 2026, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación en las Oficinas Judiciales de Barcelona, Lleida y Tarragona.
Las personas interesadas tienen que rellenar la solicitud que figura en el anexo III de la convocatoria y presentarla mediante el registro telemático siguiente https://tramits.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Peticio genérica en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» (DOGC) y en el BOE. En el supuesto de que la publicación de la convocatoria no sea simultánea, se tiene en cuenta la fecha de publicación en el DOGC, de acuerdo con lo que dispone el artículo 49.5 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
El decreto se aplica con efectos económicos desde 1 de enero de 2026. Y su finalidad es mantener el poder adquisitivo de las personas pensionistas y garantizar ingresos suficientes, especialmente en colectivos vulnerables.
Excepciones:
Afecta a:
La subida se aplica sobre la cuantía mensual vigente a 31 de diciembre de 2025, excluyendo complementos a mínimos y otros conceptos no computables.
📌 Se aplican tras la revalorización, si la pensión queda por debajo del mínimo establecido.
Requisitos importantes:
Los anexos I y II recogen las cuantías mínimas por tipo de pensión:
Ejemplos (Seguridad Social, 2026):
📌 Cuantía 2026: 36,90 € al mes por hijo (máximo 4).
Actualizaciones destacadas:
Además, incluye escalados especiales para familias con bajos ingresos.
Se incrementan en el mismo porcentaje que el SMI 2026.
📌 1.029,60 € anuales.
Se actualiza según una base de 790,07 €.
No se revalorizan:
Si una persona cobra varias pensiones:
Incluyen los haberes reguladores 2026 para calcular nuevas pensiones según grupo funcionarial (A1, A2, C1, Justicia, Tribunal Constitucional, Cortes Generales).
ANEXOS
🟦 1. Cuantías mínimas por tipo de pensión (Año 2026)
🟩 A) Sistema de la Seguridad Social (Anexo I)
(todas las cifras son euros/año)
🔹 Jubilación
Situación | Cuantía 2026 |
Con cónyuge a cargo | 17.592,40 € |
Sin cónyuge (unidad económica unipersonal) | 13.106,80 € |
Con cónyuge NO a cargo | 12.441,80 € |
Titular <65 años (idénticos valores salvo sin cónyuge: 12.262,60 € / con no a cargo: 11.590,60 €) |
🔹 Jubilación procedente de gran incapacidad
Situación | Cuantía 2026 |
Con cónyuge a cargo | 26.385,80 € |
Sin cónyuge | 19.660,20 € |
Con cónyuge no a cargo | 18.662,00 € |
🔹 Incapacidad permanente
Modalidad | Con cónyuge a cargo | Sin cónyuge | Con cónyuge no a cargo |
Gran incapacidad | 26.385,80 € | 19.660,20 € | 18.662,00 € |
Absoluta | 17.592,40 € | 13.106,80 € | 12.441,80 € |
Total ≥65 años | 17.592,40 € | 13.106,80 € | 12.441,80 € |
Total 60–64 años | 17.592,40 € | 12.262,60 € | 11.590,60 € |
Total derivada de enfermedad común <60 años | 9.662,80 € | 9.662,80 € | 9.580,20 € |
🔹 Viudedad
Situación | Cuantía 2026 |
Con cargas familiares | 17.592,40 € |
≥65 años o discapacidad ≥65% | 13.106,80 € |
60–64 años | 12.262,60 € |
<60 años | 9.931,60 € |
🔹 Orfandad
Situación | Cuantía 2026 |
Orfandad por persona beneficiaria | 4.011,00 € |
Orfandad con discapacidad ≥65% | 7.882,00 € |
Orfandad absoluta → incremento | +9.931,60 € |
🔹 Prestación de orfandad
Situación | Cuantía 2026 |
1 beneficiario | 11.603,20 € |
Varios beneficiarios (a repartir) | 19.559,68 € |
🔹 En favor de familiares
Situación | Cuantía 2026 |
Por beneficiario | 4.011,00 € |
Única persona beneficiaria ≥65 años | 9.683,80 € |
Única beneficiaria <65 años | 9.126,60 € |
🟩 B) Clases Pasivas del Estado (Anexo II)(euros/año)
🔹 Jubilación o retiro
Situación | Cuantía 2026 |
Con cónyuge a cargo | 17.592,40 € |
Sin cónyuge | 13.106,80 € |
Con cónyuge no a cargo | 12.441,80 € |
🔹 Viudedad
Situación | Cuantía 2026 |
Viudedad | 13.106,80 € |
🔹 Familiares diferentes a viudedad
Situación | Cuantía 2026 |
Pensión familiar (N beneficiarios) | 12.776,40 / N |
Con mínimos adicionales:
563 €/mes si hay persona huérfana <18 años con discapacidad ≥65%