En el BOE de 27 de junio se ha publicado el, ver enlace: Acuerdo de 25 de junio de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, de manera exclusiva y excluyente o no excluyente, según los casos, el conocimiento de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, con efectos desde el 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020.
En Aragón la atribución es la siguiente:
Juzgado de Primera Instancia e instrucción n.º 5 de Huesca, con competencia
exclusiva y no excluyente en la manera que determine la Sala de Gobierno.
Juzgado de Primera Instancia e instrucción n.º 3 de Teruel, con competencia
exclusiva y no excluyente en la manera que determine la Sala de Gobierno.