viernes, 15 de enero de 2021

Acción Social 2021: Inicio del plazo de solicitudes. Del 16 de enero al 15 de febrero. Requisitos y trámites.


-PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES : Del 16 de enero al 15 de febrero ambos inclusive.

Todas las solicitudes habrán de tramitarse de forma electrónica.

-Ver enlaces: 

INIDICACIONES DE DGA ACCION SOCIAL 2020. (A fecha siguen colgados  documentos con fecha de 2020).

INSTRUCCIONES DE DGA PARA COMPULSA.

MANUAL SOLICITUD ELECTRONICA ACCION SOCIAL.


Enlace a tramitación y solicitud de Acción Social: http://aplicaciones.aragon.es/asga/


Antes de solicitar la acción social del año 2020 hay que compulsar electrónicamente los documentos justificativos que se requieren en la convocatoria, aportando el documento en formato pdf. Para ello hay que seguir las siguientes indicaciones:

1.- Escanear EN VERTICAL cada documento que se requiere para cada tipo de ayuda, de forma individual y en formato PDF. En el caso de que el documento tenga varias hojas, deben formar parte del mismo PDF. (Ejm. El libro de Familia).

2.- Cada pdf deberá ser nombrado con los dígitos del D.N.I de la persona solicitante, seguidos del nombre del documento. Por ejemplo: 99999999_certificadomugeju.pdf; 99999999_librofamilia.pdf; 99999999_facturagafas; 99999999_sentenciadivorcio.pdf, etc)

3.- Cada solicitante remitirá desde su correo electrónico corporativo (@aragon.es) los documentos en pdf para compulsar, a la Unidad Administrativa correspondiente al correo electrónico creado específicamente para este trámite:

-En Zaragoza:

  Unidad A. Organos unipersonales: compulsas.uazaragoza@aragon.es

(No se admitirá documentación a compulsar enviada al correo genérico de la Unidad Administrativa)

Unidad A. Organos colegiados : ua.tribzaragoza@aragon.es

-En Huesca: ua.huesca@aragon.es

-En Teruel: ua.teruel@aragon.es

-Para municipios diferentes de las capitales de provincia, a traves de las unidades u oficinas delegadas correspondientes.

4.- Para la verificación y compulsa de los PDF enviados al correo indicado, será necesario personarse con los documentos originales, en la Unidad Administrativa, para el cotejo con el documento escaneado.

Para poder atender adecuadamente las compulsas y el resto de asuntos, se establece un horario en la Unidad Administrativa de Zaragoza para la presentación de documentos originales:
De lunes a viernes de 8:30 a 10:30 y de 12:30 a 14:00.

5.- Los documentos compulsados en años anteriores no es necesario volver a presentarlos si no ha habido variaciones en los mismos.

6.- No olvidéis que HAY QUE COMPULSAR, (según el tipo de ayuda que se solicite) :

*Las facturas "originales" de los gastos sanitarios, o la fotocopia ya compulsada en papel por MUGEJU. 

NOVEDAD: ESTE AÑO NO ES PRECISO COMPULSAR EL CERTIFICADO REMITIDO POR MUGEJU SOBRE EL ABONO O NO DE CANTIDADES. (Ya que al remitirse firmado electrónicamente por Mugeju entienden que no es preciso compulsar).


Al solicitar la Ayuda Sanitaria es preciso para los funcionarios titulares aportar el Certificado emitido por  MUGEJU, tanto de haber recibido cantidad alguna como si no se han percibido ninguna cantidad. Este año es posible solicitar este certificado  al siguiente correo lectrónicolectrónico: pcomplementarias.mugeju@lista.justicia.es

* La autorización firmada por los hijos mayores de 18 años para la consulta de sus datos fiscales por la Dirección General de Justicia e Interior (Os adjuntamos el modelo para rellenar y firmar).Ver el siguiente enlace:

AUTORIZACION PARA SOLICTAR CERTIFICADO DE IMPUTACION DE INGRESOS.

*Libro de familia, sentencias de separación o divorcio.

*Facturas de gastos de estudios, matriculas...

* Acreditación de discapacidad.

Una vez que se hayan compulsado los documentos, se podrá realizar la solicitud de Acción Social Telemáticamente.

Es preciso compulsar antes de presentar solicitud, y esto si puede realizarse antes de la apertura del plazo para la solicitud.


- Los REQUISITOS GENERALES que se deben reunir, además de los específicos de cada ayuda.:

* Encontrarse en servicio activo como funcionario de la Administración de Justicia, con destino en la Comunidad Autónoma de Aragón a fecha 31 de diciembre de 2020. O bien

* Haber prestado servicios durante seis meses en el año 2020, sin necesidad de que éstos sean ininterrumpidos.

No se podrá ser beneficiario de más de dos ayudas salvo que una de ellas sea por discapacidad.

-NO EXISTE LIMITE DE RENTAS.

TIPOS DE AYUDAS: DISCAPACIDAD, HIJOS, SANITARIA, ESTUDIOS.
No se puede ser beneficiario de más de dos ayudas, salvo que una de ellas sea la de discapacidad, en cuyo caso se puede ser beneficiario de hasta tres.

* DISCAPACIDAD: Se suprimió el límite de edad para los familiares discapacitados, debiendo acreditar, si éstos superasen los 18 años, que sus ingresos no superan los 3.653 euros. Del 33% al 50%: 1.466 euros. Del 51% al 75%: 1.712 euros y del 76% al 100%: 1.954 euros.

HIJOSSe incluyen los hijos hasta la edad de 25 años, a fecha 31-12-2019. Con el mismo requisito de justificar, si tienen más de 18 años, que no percibieron ingresos superiores a 3.653 euros.
Importe máximo por 1 hijo: 300 euros . Por dos o más hijos 450 euros.

SANTARIA. Importe máximo: 300 euros.

En este tipo de ayuda, los funcionarios titulares deberán aportar además certificación tanto positiva o negativa de haber o recibido o no cantidad alguna de MUGEJU.
Ver enlace modelo de solicitud a MUGEJU.:

MODELO SOLICITUD A MUGEJU PARA ACCION SOCIAL

ESTUDIOS. Importe máximo: 300 euros.

-SOLICITUD. Solamente es admisible de forma telemática.

-REGULACION AYUDAS ACCION SOCIAL: En él se detallan los requisitos y documentación a aportar en cada tipo de ayuda.

Ver enlace:  DECRETO REGULACION AYUDAS ACCION SOCIAL ARAGON.

¡¡¡¡¡OJO!!! NO ESTA VIGENTE LO RELATIVO A LA FORMA DE SOLICITUD QUE SE CONTIENE EN EL DECRETO.

LA FORMA DE SOLICITUD ES EXCLUSIVAMENTE TELEMATICA.
VER FORMA DE GESTION DE SOLICITUD:

* A. SOCIAL POR HIJOS O POR DISCAPACIDAD:

En los casos de hijos mayores de 18 años y menores de 25.
Ver enlace de : IMPRESO DE :

También es preciso compulsar esta solicitud.

Se trata de una autorización no del solicitante de la ayuda social, sino del hijo del solicitante , familiar o tutelado del discapacitado en el supuesto que hubiera cumplido 18 años de edad a fecha 31 de diciembre del año anterior al que se formula la solicitud de acción social.
Afecta a las ayudas para el cuidado de hijos o ayuda por discapacidad.
 Es preciso compulsar esta autorización.

-Comprobación de la validez del Certificado Electrónico de la tarjeta:

Para poder realizar correctamente la solicitud telemática de acción social, es preciso firmarla también telemáticamente y para ello, el Certificado electrónico de la tarjeta debe estar en vigor.

Si se desconoce la fecha de caducidad de la validez del certificado electrónico de la tarjeta, en el siguiente enlace podéis ver :

En el caso de no poder gestionar la solicitud por problemas en la aplicación informática ponerlo en conocimiento del CAU: 4100@aragon.es 814100 976 714100

-- Enlace a tramitación y solicitud de Acción social: http://aplicaciones.aragon.es/asga/


Acción social.