Después de años solicitando la regulación de la provisión de puestos de trabajo mediante el sistema de comisión de servicios, finalmente el pasado 10 de marzo se abordó este tema para que se oferten, se de publicidad y todo el mundo pueda ser conocedor, pueda participar en la selección y adjudicación de las plazas ofertadas en comisión de servicios.
STAJ considera necesario regular también las sustituciones y adscripciones a la mayor brevedad, aunque lo ideal hubiera sido abordar este tema de forma tema sinmultanea.
-Ver enlace a la Instrucción definitiva de la D. G. de Justicia de Aragón:
INSTRUCCION DGA C. DE SERVICIOS 31-3-2021. ARAGON.
-POSTURA DE STAJ y respuestas de la Administración: Ver enlace:
POSTURA DE STAJ ANTE C. DE SERVICIOS 10-3-2021.
STAJ no está de acuerdo con limitaciones de la Administración y trató de suprimirlas y mejorarlas y seguiremos tratando de mejorar la instrucción dictada por la Administración intentando ampliar más las situaciones que pudieran cubrirse por este sistema ( ausencias del titular de larga duración ....) a la vez que consideramos suprimir algunos requisitos y detallar otros. Pero era necesario regular y publicitar este sistema de provisión.
La Administración sólo accede a conceder comisiones de servicio en:
Plazas vacantes. STAJ seguirá presionando para que se amplíen las situaciones que puedan cubrirse mediante comisión de servicios. (ausencias de larga duración de los titulares, como plazas de liberados sindicales y otras....).
-Requisitos: A funcionarios titulares en servicio activo en mismo cuerpo al de la oferta y con al menos 6 meses en el destino de origen.