viernes, 1 de abril de 2022

ARAGON. PUBLICADA CONVOCATORIA DE BOLSAS DE INTERINOS DE C. GENERALES DE LA A. DE JUSTICIA. GESTION P.A , TRAMITACION P. A. Y AUXILIO J.

-CONVOCATORIA:
 Hoy 1 de abril se publica  en el Boletín Oficial de Aragón  la, ver enlace: Resolución de 22 de marzo de 2022, de la Dirección General de Justicia, por la que se convoca la bolsa de trabajo de ámbito autonómico para cada uno de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

-PLAZO DE PRESENTACION DE INSCRIPCIONES:

VEINTE DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOA.

DE FORMA TELEMATICA ATRAVES DE: https://aplicaciones.aragon.es/injus/ 

El manual que sirve de guía para llevar a cabo la inscripción en las bolsas de trabajo estará disponible en la página web del Gobierno de Aragón: https://www.aragon.es/-/empleo-publico-1

-DUDAS Y CONSULTAS:

Los solicitantes podrán efectuar consultas y plantear dudas a través de la dirección de correo electrónico incidencias.bolsa@justicia.aragon.es.

-REGULACION, REQUISITOS, FUNCIONAMIENTO...:

En los siguientes enlaces podéis ver la regulación y posterior modificación vigente:

Decreto 88/2018, de 22 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que regula el procedimiento de selección, nombramiento y cese de los funcionarios interinos de los cuerpos nacionales al servicio de la administración de justicia, transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón y se crea el fichero de datos de carácter personal con el mismo nombre.

 Los criterios iniciales tan restrictivos, dio como resultado unas bolsas de trabajo con escasos integrantes y que en el caso de los C. de Gestión y Tramitación P. y A. se agotaran en apenas 3 meses. 

Recordamos que STAJ interpuso Recurso Contencioso Administrativo ante la Administración de Justicia en Aragón por el cambio interpretativo en la exigencia de los requisitos de acceso.

La situación descrita se llevó a que en la mesa sectorial celebrada el  19 de noviembre de 2019 se modificaron los requisitos de acceso a las bolsas de interinos de la Administración de justicia en Aragón:


Estos requisitos son los que se exigen en esta nueva convocatoria de bolsas de interinos.   

 Los Requisitos de Acceso a las Bolsas de Interinos: Han quedando redactados de la siguiente manera :

Artículo 4.1.h): “Cumplir cualquiera de las siguientes condiciones:

1.- Haber superado al menos el primer ejercicio obligatorio de la oposición en el último proceso selectivo al cuerpo al que se aspira.

STAJ propuso que se añadiera aqui también " En el supuesto que el primer ejercicio constará de una o más pruebas, se considerará el setenta por ciento de la nota máxima posible de la primera prueba" .
Aunque en la presente  convocatoria del C. de Tramitación, prevée separadamente cada uno de los exámenes de que se compone el acceso a dicho cuerpo y no existirá el problema, STAJ pretendió evitar lo que  sucedió si en futuras convocatorias no figurase cada examen de forma independiente al del resto.  Pero no se estimó su inclusión.

2.- Haber superado al menos el 70% de la nota máxima posible en el primer ejercicio del último proceso selectivo del cuerpo al que se aspira. En el supuesto que el primer ejercicio constará de una o más pruebas, se considerará el setenta por ciento de la nota máxima posible de la primera prueba.

3- Haber superado al menos el 30% de la nota máxima posible en el primer ejercicio del último proceso selectivo del cuerpo al que se aspira y haber prestado servicio durante al menos seis meses en los últimos cinco años en el cuerpo al que se opta. En el supuesto que el primer ejercicio constará de una o más pruebas, se considerará el treinta por ciento de la nota máxima posible de la primera prueba.”

-SE ELIMINARON  COMO REQUISITOS , y  por tanto no será exigible: 

"Figurar inscrito en los servicios públicos de empleo como demandante de empleo o mejora, excepto aquellas personas que se encuentren trabajando como personal funcionario interino de justicia”.

"y No formar parte de las bolsas de interinos de Justicia de otros ámbitos territoriales en el cuerpo al que se aspira. El aspirante deberá justificarlo mediante declaración responsable.”

ELIMINACION DEL ART.  4.1.m) : “Figurar inscrito en los servicios públicos de empleo como demandante de empleo o mejora, excepto aquellas personas que se encuentren trabajando como personal funcionario interino de justicia.”  

ELIMINACION DEL ART. 4,1.n): “No formar parte de las bolsas de interinos de Justicia de otros ámbitos territoriales en el cuerpo al que se aspira. El aspirante deberá justificarlo mediante declaración responsable".

Quedando redactado el art. 4,2 de la siguiente forma:
Artículo 4.2: “Las condiciones mencionadas en el apartado anterior deben poseerse en el momento de finalización del plazo de inscripción en la bolsa y mantenerlas en todo momento. En el supuesto de a dicha fecha no se pueda acreditar, supondrá una causa de exclusión regulada en el artículo 18 de este reglamento.”
Se suprimen también las   las referencias a la letra m) en el artículo 4.2 y 8.2 del Reglamento.

Acción social.