lunes, 21 de octubre de 2024

EL MINISTERIO IMPONE EN PONFERRADA SU PROGRAMA PILOTO DE IMPLANTACION DE TRIBUNAL DE INSTANCIA. STAJ EXIGE SU PARALIZACION.

 STAJ exige al Ministerio la paralización del proyecto, por su imprevisión, por su inoportunidad y por no tener ninguna cobertura legal que lo ampare.

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ESCRITO STAJ A LA SECRETARIA GENERAL DE INNOVACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA / MINISTERIO DE JUSTICIA

Al Partido Judicial de Ponferrada le ha sido adjudicado por el Ministerio de Justicia la implantación del Proyecto Piloto de Tribunal de Instancia, aunque a día de hoy desconocemos en STAJ cuáles han sido las razones para ser los elegidos, y más teniendo en cuenta que aún están tratando de adaptarse a una reciente separación de jurisdicciones y a haber sido también el año pasado Partido Judicial Piloto en el nuevo modelo de Oficina de Registro Civil con la nueva aplicación DICIREG.

En las reuniones celebradas el pasado día 24 de septiembre en Ponferrada por el Director de la Oficina de Implantación de Tribunales de Instancia y OJM, con los distintos colectivos afectados por separado (Magistrados, Letrados y representantes de los sindicatos de la Junta de Personal), se puso de manifiesto la intención de implantar en Ponferrada su Proyecto Piloto de Tribunal de Instancia antes de que finalice este año, y una vez aprobada la Ley de Eficiencia ampliar la implantación del nuevo modelo organizativo al resto de España para finales de 2025.

Unos días después, se presentó ante el Ministerio por la Junta de Personal por unanimidad un escrito impulsado por STAJ de oposición al Proyecto Piloto de Ponferrada, acompañado de las firmas de la inmensa mayoría del personal de la Administración de Justicia allí destinado, al que no se ha dado respuesta por el Ministerio, si bien todo indica que continúa con su intención.

Desde el Sindicato STAJ manifestamos nuestra oposición al Proyecto Piloto de Tribunal de Instancia en Ponferrada y hemos exigido al Ministerio su cancelación, puesto que ni ha sido aprobada la Ley de Eficiencia en la que se crea la estructura organizativa de Tribunales de Instancia, ni el artículo 437.2 de la LOPJ en el que el Ministerio dice fundamentar este Proyecto Piloto da cobertura legal a dicho Proyecto, ni un Protocolo de Actuación del Secretario Coordinador tiene carácter normativo como para cambiar la organización del trabajo ni del personal de las Unidades Procesales de Apoyo Directo de Ponferrada, y, ni siquiera se ha producido una negociación sindical preceptiva cuando hay una clara  modificación de las condiciones de trabajo del personal.

Acción social.