Ayer ocho de septiembre también se publicó en el Boe el, ver enlace:
Que fue envíado a Consejo de Gobierno sin haber dado traslado previo a las organizaciones sindicales. Aunque el decreto de diseño y estructura no es susceptible de negociación, sí, venía siendo habitual el traslado previo a las organizaciones sindicales pada poder hacer sugerencias.
Como documentación a tratar se nos remitieron los siguientes borradores de relaciones de puestos de trabajo y del proceso de acoplamiento. Ver enlace a los borradores remitidos por la dirección general de justicia :
-Borrador Proceso de Acoplamiento. Fase III.
- Borradores RPTs Registro Civil Zaragoza-Huesca-Teruel
- Borrador RPTs Partido Judicial ZARAGOZA
- Borrador RPTs Partido Judicial HUESCA
- Borrador RPTs Partido Judicial TERUEL
--PORCENTAJES DE PLANTILLA DE CADA ORGANO QUE PREVISIBLEMENTE VAYAN A LOS S. COMUNES DE EJECUCION. :
-TERUEL. Borrador plantilla y % que iria a los Servicios comunes correspondientes.
-ZARAGOZA. Borrador plantilla y % de personal a Servicios Comúnes de Ejecución correspondientes.
STAJ comenzó su intervención manifestando el escaso tiempo con se nos remitió la documentación para un adecuado estudio de los mismos, así como el escaso tiempo para negociar los mismos antes de elevarlos a mesa sectorial convocada para el próximo jueves 11 de septiembre. No se nos remitieron previamente las plantillas actuales ni los refuerzos existentes de los órganos judiciales, tampoco se ha debatido sobre las cargas de trabajo, STAJ volvió a reiterar que es preciso una valoración de las cargas de trabajo actuales y realizar una previsión de las futuras estimando ratios de recepción de demandas, escritos etc...
Esta tercera fase, de mayor envergadura que la primera requiere en nuestra opinión más detalle en los trámites, para evitar errores y corrección de los mismos. Las prisas no son buenas consejeras....
Entre otras cuestiones, STAJ SOLICITO:
-Aplazamiento y solicitud e prórroga por parte de la Dirección General al Ministerio de Justicia. Se denegó.
-Creación como plantilla de todos los refuerzos existentes. No parece vayan a hacerlo.
-Se respete el número actual de plantilla, sin merma de ningún puesto de trabajo. No nos cuadran los datos reportados por la Administración. El próximo día 11 volveremos a tratar este asunto.
-Se respeten todos los puestos de trabajo con retribuciones superiores de forma permanente.
El acuerdo firmado el 8 de enero de 2025 por Staj, Csif y Ugt garantiza el mantenimiento de las retribuciones actuales a todos aquellos que involuntariamente sean asignados a un puesto sin éstas cantidades económicas.
-No puestos de libre designación. STAJ desde el inicio se opuso a estos puestos. No habrá ningún puesto de estas características.
Los puestos singularizados se cubrirán por concurso de méritos. Hemos apuntado errores observados en los méritos. Se corregirán.
- Ponderación de la licenciatura o grado en derecho. Valoración también de otras licenciaturas y grados. Así como también valoración de formación en Derecho Foral Aragonés y Mediación I.
-Se identifiquen en cada rpt las retribuciones adicionales en los puestos genéricos que las vengan cobrando (SACE; VSM; R. Civil...).
-Creación de más áreas y equipos con sus correspondientes jefaturas. Hay áreas y equipos muy grandes y en la práctica es poco funcional. El director es reacio a crear áreas y equipos en Huesca y Teruel.
-Creación neta de puestos de jefes de área y equipos, y no atribución a puestos ya creados la jefatura, además de las funciones habituales ordinarias del puesto de que se trate.
-Retribuciones adecuadas de los jefes de área y jefes de equipo.
Lo que viene siendo habitual en estos casos es una retribución de porcentajes sobre el complemento específico en cada uno de los casos, áreas o equipos.
STAJ solicitó se retribuya a:
- Jefes de Area: Con el 30% del complemento específico de cada cuerpo.
- Jefes de Equipo: Con el 25% del complemento específico de cada cuerpo.
Las cantidades que se atribuyen en los borradores de las relaciones de puestos de trabajo distan mucho de esos porcentajes solicitados por STAJ y que en otros ámbitos se abonan. Hay desfase económico de al menos 2.500 € anuales.
Así, según esos borradores, un jefe de equipo además de sus funciones ordinarias y habituales se le abonarían las siguientes cifras: * Jefe de equipo del cuerpo de gestión: 187€. *Jefe de equipo del cuerpo de tramitación: 158 €. * Jefe de equipo del cuerpo de auxilio: 46 € mensuales.
-Ubicaciones físicas en calle coso de Zaragoza de servicios de la Audiencia P. y TSJ.
-Identificación en las correspondientes rpts de los puestos de especial dedicación.(40 horas semanales, detalle de funciones, materias, ubicación y condiciones económicas).
-Aviso de fechas con suficiente antelación de publicación de resolución de acoplamiento y y personal eventual, amplios plazos para presentar solicitudes.
-No publicación de órdenes o resoluciones en fechas en las que el personal está mayoritariamente de permisos o vacaciones...puentes ( Pilares, Todos los Santos, puente de la constitución, Navidades...).
-Ampliación del disfrute de vacaciones hasta el 31 de marzo de 2026. Dada la incertidumbre que genera la nueva situación y las fechas en las que está previsto la entrada en vigor de los tribunales de instancia fase III y la cautela que previsiblemente se observe al solicitar las vacaciones pendientes.
Todos estos aspectos temporales no fueron recibidos de forma negativa y la dirección general se pronunciarán al respecto.
-Jubilaciones previstas el dos de enero de 2026.
Hemos solicitado la posibilidad de que se contemplen en la próxima convocatoria de comisiones de servicio, a los efectos de mantener la prioridad en las sustituciones verticales del personal de los actuales órganos judiciales antes de la nueva estructura. Esperemos que finalmente realicen una nueva convocatoria de comisiones de servicio antes de fin de año, pero no parecieron muy receptivos al respecto.
- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y AUDIENCIA PROVINCIAL:
Hemos solicitado creación de áreas y equipos con sus correspondientes jefaturas.
Mantenimiento de todo el personal actual.
Mantenimiento en estas sedes de equipo de auxilios y la Ejecución Penal de la Audiencia Provincial por motivos logísticos.
El director general nos indica que estos temas corresponde decidirlos a los Letrados, y serán ellos quienes decidan en sus protocolos.
-JUZGADOS DE INTRUCCION. GUARDIAS DE 24 HORAS.
El personal destinado en los actuales juzgados de instrucción previsiblemente se integrará en el futuro servicio común de tramitación área penal y en el servicio común de ejecución área penal.
Quienes se integren el servicio común de tramitación penal procedente de los actuales juzgados de instrucción, se identificarán en las correspondientes rpts el acrónimo GU. Quienes procedentes de estos juzgados pasen a formar parte del servicio común de ejecución área penal no se identificarán estos puestos con el acrónico GU pero si mantendrán el derecho a percibir sus retribuciones actuales, realizando las guardias correspondientes en su misma frecuencia en tanto en cuanto no obtenga otro destino voluntariamente.
En el caso de que voluntariamente obtuvieran destino en el servicio común de tramitación área penal, en puesto con el acrónimo GU, automáticamente la recuperará.
-JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER.
Hemos reclamado la identificación en las rpts del acrónico vsm que recoja las retribuciones económicas superiores por la tramitación de esta materia y como tal debe recogerse.
STAJ ha recordado y puesto de manifiesto el aumento de trabajo que asumirán estos juzgados dese el próximo uno de octubre en materia sexual y lleva reclamando más personal desde el inicio de este año.
En Zaragoza se ha creado una plaza de Magistrado en la sección de vsm. Para afrontar esa situación, y se reforzarán con 2 gestores, 4 tramitadores y 2 auxilios.
Con la Ley de Eficiencia se ha roto el binomio que llevaba aparejada la creación de funcionarios cuando se creaban plazas de jueces o magistrados. Una vez finalizado el proceso de acoplamiento, en enero de 2026 comenzarían a funcionar las guardias de violencia sobre la mujer en estos juzgados exclusivos, 3 días consecutivos de 9:00 a 21:00 horas al haberse creado el cuarto juzgado. Estas plazas deberán ofertarse al personal titular para du cobertura.
-REGISTRO CIVIL. RPTS.:
Se mantiene a toda la plantilla actual. Pero STAJ además solicita que se creen como tal los cuatro refuerzos existentes 2 gestores y 2 tramitadores. Se identifique y reconozca en la rpt los 4 puntos a los gestores por delegación de firma y funciones. Aunque desde 2011 no existe obligación de realizar éstas los fines de semana se seguirán abonando a quienes habitualmente desempeñaban estas funciones.
-SACE:
STAJ solicita la identificación en las rpts la identificación de los importes actuales por diligiencias fuera retribuciones a gestores y auxilio con 5 puntos y a los tramitadores con 2 puntos. Deberán aparecer así en el documento definitivo.
STAJ también solicita la creación de más áreas y equipos con sus correspondientes jefaturas, (sólo hay una jefatura del cuerpo de auxilio) para un mejor desarrollo del trabajo, así como el mantenimiento de todo el personal integrante del actual Sace en la futura área de actos de comunicación del Servicio Común General. Pero no aceptan más equipos ni áreas ni más jefaturas. Si aceptan la creación de un turno de tarde tras la implantación de esta tercera fase de los tribunales de instancia para obtener mayor efectividad.
-PROCESO DE ACOPLAMIENTO: Ver enlace a :-Borrador Proceso de Acoplamiento. Fase III.
El proceso de acoplamiento de los puestos de trabajo a que se refiere este procedimiento, seguirá el orden siguiente:
1.- Provisión de puestos de trabajo por concurso específico y adjudicación si hubiera solicitudes mayor complemento específico: confirmación y oferta. P. singularizados. Hemos realizado las observaciones oportunas para garantizar la mayor objetividad en el proceso.
Podrán participar en esta primera convocatoria, solamente, las funcionarias y los funcionarios de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia con destino en el municipio donde deban desempeñarse los puestos ofertados en servicio activo o con reserva de puesto de trabajo.
Si estos puestos singularizados quedaran vacantes no se cubrirán en las fases de confirmación, reordenación y reasignación de efectivos. Podrán proveerse, con personal en comisión de servicios, sustitución o por personal interino una vez finalizado el proceso de acoplamiento, mientras no se provea su cobertura por el procedimiento de concurso específico.
2.- Provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de confirmación.
La Administración adjudicará de oficio los puestos de trabajo de los centros de destino cuyas funciones tengan carácter de continuidad en la nueva estructura.
En el caso de que el número de efectivos de la plantilla actual exceda de las dotaciones previstas en las relaciones de puestos de trabajo de la nueva organización, tendrán preferencia para ser confirmados las funcionarias y los funcionarios de cada colectivo con mayor antigüedad en el puesto de similar contenido al que debe ser provisto por el procedimiento de confirmación. (Mayor antigüedad en cada jurisdicción).
Se tendrá en cuanta o se tomará como referencia la antigüedad desde la fecha de resolución del concurso de traslado o adjudicación de destino en caso de superación de procesos selectivos.
En caso de empate, quien posea mayor antigüedad en el escalafón.
Si los funcionarios o funcionarias con mayor antigüedad en el puesto de origen no optaran por confirmarse en estos puestos serán confirmados los funcionarios o funcionarias por orden de menor antigüedad en el puesto de similar contenido al que debe ser provisto por el sistema de confirmación, hasta completar el número total de puestos a confirmar por cada colectivo. En caso de empate, quien posea menor antigüedad en el escalafón, hasta completar el número total de puestos a confirmar por cada colectivo.
Para la confirmación en puestos que conlleven la realización del servicio de guardia, tendrán preferencia las funcionarias y los funcionarios con destino de procedencia en alguno de los órganos judiciales incluidos en el proceso de implantación con funciones de guardia, aplicándose el criterio de mayor antigüedad en el puesto de origen previo al acoplamiento, siempre que se respete la regla de dotación proporcional prevista en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
- La asignación de puestos de trabajo por el procedimiento de confirmación comenzará por aquellos puestos genéricos que en la estructura de origen y de destino tengan reconocido un complemento específico superior.
.- Si tras haber completado el procedimiento de confirmación automática quedaran sin asignar puestos con un complemento específico superior al del resto de puestos genéricos, antes de continuar con el proceso de confirmación del resto de puestos de trabajo, se asignarán a los demás funcionarios y funcionarias implicados en el proceso de acoplamiento que lo hubieran solicitado, teniendo preferencia los de mayor antigüedad en el escalafón.
- Una vez adjudicados estos puestos con complemento específico superior, se continuará con la confirmación en los puestos susceptibles de cobertura por este procedimiento.
3.- Procedimiento de reordenación de efectivos de los puestos de trabajo que no se hayan cubierto en las fases anteriores.
Mediante la reordenación de efectivos se cubrirán los puestos que no se hayan cubierto en las fases anteriores, por el personal con destino definitivo en el municipio que las haya solicitado y con carácter previo a la reasignación forzosa.
Para la cobertura de los puestos que conlleven la realización del servicio de guardia, tendrán preferencia las funcionarias y los funcionarios con destino de procedencia en alguno de los órganos judiciales incluidos en el proceso de implantación con funciones de guardia, aplicándose el criterio de mayor antigüedad en el puesto de origen previo al acoplamiento.
Para la adjudicación del resto de los puestos de trabajo tendrá preferencia la mayor antigüedad en el escalafón.
En los casos de reordenación, el cómputo del tiempo de antigüedad en el nuevo destino se iniciará desde la fecha de la resolución por la que se accedió a su destino de procedencia, tanto si se trata de personal de nuevo ingreso como de concurso de traslado.
4.- Reasignación forzosa de los puestos de trabajo que no se hayan cubierto en las fases anteriores.
Por este sistema se cubrirán los puestos de las diferentes unidades de la Oficina Judicial que hayan quedado vacantes tras la resolución de los procedimientos anteriores.
Únicamente afectará a las personas destinadas en algún órgano incluido en la implantación de la correspondiente Oficina Judicial que no hubieran obtenido puesto mediante los procedimientos anteriores.
Si como consecuencia del concurso específico para puestos singularizados, en los que pueden participar y obtener puesto de trabajo en la Oficina Judicial también las funcionarias y los funcionarios con destino en los órganos de la misma localidad no afectados por la implantación de la Oficina Judicial, quedara personal funcionario con destino de procedencia en alguno de los órganos incluidos en el proceso de implantación que no pudiera ser acoplado en la Oficina Judicial, sería adscrito con carácter forzoso a los puestos que han dejado vacantes las funcionarias y los funcionarios con destino adjudicado en la Oficina Judicial por concurso específico.
Se realizará la reasignación forzosa mediante la adjudicación definitiva de los puestos incluidos en las relaciones de puestos de trabajo y no cubiertos, aplicándose el criterio de mayor antigüedad en el escalafón.
Los funcionarios afectados por la reasignación forzosa estarán exentos de la obligación de permanencia mínima en el puesto de trabajo señalada en el artículo 46.1 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, gozando de preferencia para obtener un puesto de trabajo en su centro de destino de origen en el primer concurso de puestos genéricos en que se oferten plazas de dicho centro.
La adjudicación de puestos de trabajo en el proceso de acoplamiento seguirá el orden sucesivo establecido en el apartado anterior, de forma que la obtención de un puesto en una fase previa, excluye la posibilidad de obtener uno en las siguientes.
-----Posteriormente se procederá a la confirmación del personal eventual.
En primer lugar personal titular en sustitución vertical o comisiones de servicio. Lajs sustitutos.
Importante reseñar que aquellos gestores realizando funciones de Laj sustituto, nombrados antes de diciembre de 2024, no tienen reserva de puesto de trabajo, y deben participar en el proceso de acoplamiento de Lajs, aquellos nombrados posteriormente tienen reserva de puesto de trabajo, y, deben participar tanto en el proceso de acoplamiento de gestión como de lajs.
En segundo lugar, finalizado el proceso de acoplamiento, el personal Interino.
El personal interino que esté desempeñando un puesto incluido en el proceso de acoplamiento, será confirmado en la nueva estructura en el desempeño temporal del puesto libre de su elección, siguiendo el criterio de preferencia de mayor antigüedad en la última toma de posesión, hasta donde alcance el número de puestos vacantes en la relación de puestos de trabajo.
STAJ ha solicitado que aquellos refuerzos nombrados en el mismo órgano sin solución de continuidad les sea tenida en cuanta la antigüedad desde el nombramiento como personal interino y no desde la fecha como refuerzo.
En todo caso, los funcionarios interinos deberán cesar ( 1-12-2025) en el puesto de plantilla y ser nombrados en el puesto correspondiente de la nueva Relación de Puestos de Trabajo sin solución de continuidad, manteniendo la antigüedad desde la fecha del nombramiento original a todos los efectos y sin perjuicio de la naturaleza, causa y periodo de vigencia de su nombramiento, que permanecerán inalterados.
STAJ HA INTERESADO:
-TELETRABAJO:
Publicación de órden de prórroga de carácter anual y no sólo hasta Navidad con necesidad más de prórrogas. El director general ha afirmado que se publicarán las prórrogas según los períodos establecidos. Esperamos poder mejorar la actual regulación más adelante.
- PROXIMAS COMISIONES DE SERVICIO.
No han concretado nada sobre fechas de la próxima convocatoria. Esperamos poder mejorar las actuales regulación.
-LISTADOS INAEM. PUBLICIDAD.
Nos informan que no es posible dar publicidad a las actualizaciones. Que se esta trabajando en el próximo decreto de interinos que regulará las bolsas de interinos para conseguir mayor agilidad, transparencia y publicidad.
-FORMACION.
Es preciso que la Administración proporcione formación suficiente tanto procesal como informática para acometer con éxito semejante cambio de estructura.
Queda pendiente también iniciar la negociación para la implantación de la BOLSA DE HORAS. Bolsa de Horas.
Mañana jueves 11 de septiembre se llevará a cabo la mesa sectorial para acabar de detallar.....todos los aspectos.
Están haciendo todo más rápido que el tren bala....!!!!