viernes, 13 de marzo de 2026

STAJ RECLAMA QUE NO SE PENALICE AL PERSONAL QUE RENUNCIE A LAS C. DE SERVICIO IMPUESTAS TRAS NUMO.

 

STAJ  se ha puesto en contacto con Dirección General respecto a las comisiones de servicio adjudicadas al personal que actualmente esta prestando servicios en otros órganos diferentes al de su origen en esta modalidad.

La Dirección General de Justicia pretende aplicar la mencionada penalización a todos aquellos que renuncien a la comisión de servicios ofrecida en la nueva estructura.

Con motivo de la implantación efectiva de los Tribunales de Instancia el, próximo lunes 16 de marzo, al personal funcionario que viene desempeñando en la actualidad una comisión de servicios,  se le  ha adjudicado también en comisión de servicios, puestos de trabajo en comisión de servicios que nada tienen que ver con su órgano judicial en el que vienen prestado una comisión de servicios. 

Por ello, STAJ se ha dirigido al Director General de Justicia reclamando que NO SE PENALICE CON CON UN PERIODO DE 6 MESES SIN LA CONCESION DE UNA NUEVA  C. DE SERVICIOS EN PERIODO DE 6 MESES DESDE ACEPTACION DE RENUNCIA.

La INSTRUCCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA POR LA QUE SE ESTABLECEN CRITERIOS DE GESTIÓN PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL MEDIANTE COMISIÓN DE SERVICIOS DE PUESTOS VACANTES EN ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN  LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. recoge en su punto cuarto:....

"El funcionario o la funcionaria que renuncie a la comisión de servicios antes de que se produzca la cobertura definitiva del puesto por titular no podrá acceder a una nueva comisión de servicios durante el período de seis meses a contar desde la fecha de aceptación de la renuncia."

Al ser una comisión de servicios totalmente diferente, asignando un nuevo puesto en en esta modalidad en la nueva estructura judicial, no debe penalizarse quien renuncie a este nuevo puesto adjudicado en comisión de servicios y al que voluntariamente y expresamente no ha cursado su solicitud. 

Acción social.