lunes, 13 de abril de 2026

TELETRABAJO.13-4-2026. PUBLICADA NUEVA REGULACION SIN NINGUN TIPO DE NEGOCIACION.

Hoy se ha publicado hoy 13-4-2026 en la intranet sin ningún tipo de negociación sindical la siguiente resolución respecto del Teletrabajo, ver enlace: 

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA POR LA QUE SE ADAPTAN ALGUNOS ASPECTOS DE LA REGULACIÓN VIGENTE DEL SISTEMA DE TELETRABAJO PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN AL NUEVO MODELO DE ORGANIZACIÓN JUDICIAL. 13-4-2026. 

La negociación con las organizaciones sindicales es un trámite necesario, esta publicación supone una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

STAJ quiere revisar con detalle las dotaciones asignadas y realizar una comparativa con la situación anterior para ver el resultado de las ratios publicadas por la Dirección General. Si son iguales, inferiores o superiores respecto a las ratios establecidas con anterioridad a la NUMO y proceder convenientemente para mantener y mejorar las condiciones de nuestro colectivo.

En cualquier caso, la Dirección General no se puede obviar los trámites y requisitos necesarios establecidos legalmente. Debe cumplir con ellos.  No pueden hacer de "su capa un sallo".  

Y STAJ exige el cumplimiento de la normativa por la Dirección General. Las normas son para todos, no sólo para algunos.

No pueden hacerse las  cosas a salto de mata. Sabían la fecha de finalización de la suspensión del teletrabajo. Precisamente la víspera de su reactivación publican nuevos requisitos y condiciones.

STAJ advirtió que no pueden imponerse condiciones sin previo aviso de un dia para otro, sin negociación previa... El personal necesita tiempo para organizar y coordinar la vida personal y laboral. 

ASI NO SE HACEN LAS COSAS.

EL TELETRABAJO DEBE CONTINUAR VIGENTE Y MEJORAR SUS CONDICIONES SIN INTERRUPCIONES TEMPORALES.

La citada resolución contiene lo siguiente:

- El personal adscrito a la Oficina Judicial de Zaragoza: que, a partir del día 14 de abril de 2026, desee prestar servicios en la modalidad de teletrabajo, deberá cursar la correspondiente solicitud ya que las  autorizaciones para la prestación de servicios en régimen de teletrabajo ya concedidas  se entenderán caducadas con la finalización de la suspensión provisional, es decir, con fecha de 13 de abril de 2026.

Las previsiones anteriores no resultarán de aplicación al personal adscrito a la Oficina Fiscal y al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón. 

-En el resto de partidos judiciales, en aquellos servicios en que el número de funcionarios/as que se encuentre prestando servicios en régimen de teletrabajo sea superior al límite establecido en el punto primero, se entenderán caducadas las autorizaciones del personal afectado con fecha de 13 de abril de 2026. El personal adscrito a dichos servicios que, a partir del día 14 de abril, desee prestar servicios en la modalidad de teletrabajo, deberá cursar la correspondiente solicitud.

-SOLICITUD TELETRABAJO.

Formular solicitud a través del Letrado/a de la Administración de Justicia Director/a del Servicio Común o, en su caso, Área, del Fiscal o del responsable del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón, según corresponda, quien manifestará su conformidad para su autorización, en su caso, comunicándolo a la Dirección General de Justicia. 

FORMULARIO SOLICITUD TELETRABAJO.


Acción social.