Así mismo se publica la Orden PJC/738/2026, de 8 de julio, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justica, que superó el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre, por ámbito Ministerio.
-TOMA DE POSESION:
Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial a las que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable de la oficina judicial de destino dentro del PLAZO DE VEINTE DÍAS HÁBILES contados desde el 1 de septiembre.
Aquellos que pertenezcan ya como titulares al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
COMUNIDADES TRANSFERIDAS: