En la nómina del mes de abril se nos compensarán las cuotas de derechos pasivos y de MUGEJU, que nos fueron descontadas ilegalmente en el mes de diciembre correspondiente a la paga extraordinaria
que no cobramos.
Por razones de jerarquía normativa han tenido que incluirlo en la disposisición adicional única del Real Decreto Ley publicado éste sábado sobre tasas, Boe 23-2-2013, que además incluye la reducción del 60% del importe de las tasas en los recursos contenciosos en materia laboral para los funcionarios, igualándolo con el resto de los trabajadores.
No
obstante queda pendiente, como reclamamos en su día, la retirada de la
obligación de postulación (representación y defensa en juicio) de los
funcionarios en asuntos laborales que les afecten. Además de seguir sufriendo
la amenaza de la condena en costas
Como
sabeis con esta reforma, las cuantias fijas de las tasas no han sido
modificadas, siguiendo siendo más altas que en materia laboral. Podeís ver en el siguiente enlace hoja informativa realizada por los compañeros de Valencia.
En el recibo de nómina correspondiente a dicho mes se
consignará de forma expresa y separada la cantidad minorada.
Esta
medida afecta a quienes cotizan en el sistema de Clases Pasivas (no en
el régimen de la Seguridad Social) y a quienes estén sometidos a
mutualismo obligatorio.
Las cantidades que nos tienen que devolver son las siguientes:
CUERPO
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DERECHOS PASIVOS
|
MUGEJU
|
Gestión Procesal
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84.97
|
37.20
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Tramitación Procesal
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65.26
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28.57
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Auxilio Judicial
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51.63
|
22.60
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