jueves, 5 de septiembre de 2013

Protección de Datos: Prohibido grabar y fotografiar a funcionarios en su puesto de trabajo.

La Agencia Española de Protección de Datos se ha pronunciado de manera clara en un informe: La captación por particulares de la imagen de empleados públicos, generalmente a través de teléfonos móviles, y con la finalidad incluso después de la difusión por Internet, no puede enmarcarse en una actividad estrictamente personal o doméstica. 
Por tanto -añade-, entra en juego la Ley Orgánica de Protección de Datos, que prohíbe dicha toma de imágenes sin el consentimiento del afectado (aquel que es fotografiado o grabado).
El documento advierte también de que la toma de imágenes no podrá ser utilizada para fines concretos. 
Cita, concretamente, que las grabaciones no servirán para presentar denuncias en expedientes disciplinarios o incluso penales contra los empleados públicos por parte de sus superiores.

Acción social.