viernes, 24 de febrero de 2017

OPOSICIONES 2015 BOE: Nombramiento y adjudicación de destinos de Gestión y Tramitación P. Interna.

En el BOE de hoy día 24 de febrero se ha publicado Orden JUS/140/2017, de 1 de febrero, por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, acceso por promoción interna, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/2682/2015, de 1 de diciembre, y Orden JUS/142/2017, de 2 de febrero, por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, acceso por promoción interna, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/2683/2015, de 1 de diciembre.


Asimismo, también se ha publicado las resoluciones donde se les concede destino un plazo de veinte días hábiles para tomar posesión a contar desde el siguiente a la publicación en el BOE .

-La toma de posesión se realizará en un plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOE.

-Permisos: 

TOMA DE POSESIÓN: plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOE. Es el plazo dentro del cual se ha de realizar el acto de toma de posesión.

-También os informamos del permiso que podéis disfrutar todos los que habéis promocionado a otro Cuerpo por el turno de promoción Interna y no vayais a permanecer en vuestro puesto de origen:

- El establecido en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, en su artículo 35:.

"Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo cuerpo por el sistema de promoción interna, tendrán derecho a partir de la toma de posesión al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, o norma que en el futuro pudiere sustituirle para la Administración General del Estado."

Disposición adicional quinta del RD 364/1995:

"Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo Cuerpo o Escala tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, a un permiso retribuido de tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo comporta".


PERMISO RETRIBUIDO ANTES DE TOMAR POSESIÓN: Al ser funcionarios de carrera en los cuerpos de Auxilio Judicial o Tramitación Procesal y para impedir que se produzca vacíos en la continuidad de servicios en la Administración de Justicia, (dentro de los 20 días hábiles establecidos para la toma de posesión) se dispondrá de un PERMISO RETRIBUIDO de:

-1 DIA si se toma posesión en la misma localidad en la que está destinado.
-2 DÍAS si se trata de localidad distinta de la que está destinado. 
-3 DÍAS si se han de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla. 
UNA VEZ TOMADA POSESIÓN: Según lo establecido en la Disposición 5ª del RD 364/1995 de 10 de marzo, a partir de la toma de posesión, se dispone de un permiso RETRIBUIDO de:

-3 DÍAS si la toma de posesión NO IMPLICA cambio de lugar de residencia 
-1 MES si la toma de posesión IMPLICA cambio de lugar de residencia

De este permiso se DEDUCIRÁN los días que se hayan pododo disfrutar por el permiso retribuido de antes de tomar posesión, reflejado unos párrafos más arriba.
Las Gerencias o CCAA donde haya tomado posesión será la encargada de comunicar al destino anterior la toma de posesión para que se pase a la situación de EXCEDENCIA en el cuerpo inferior.

-LOS QUE OPTEN POR CONTINUAR EN ACTIVO EN EL CUERPO DE ORIGEN :

Todos aquellos que opteís por permanecer  en excedencia en el Cuerpo de Tramitación P.A. o de Auxilio Judicial, es decir permanecer en vuestro puesto de origen , deberéis rellenar el ANEXO III, que figura en las distintas órdenes por las que se por la que se publica la relación de plazas a ofertar en distintos ámbitos (BOE 21-12-2016) y remitirlos a las direcciones que se os indican en el plazo de 4 días naturales siguientes a la publicación en el BOE de los nombramientos a los efectos de DECLARACIÓN DE EXCEDENCIA VOLUNTARIA . En este caso, no es necesario que os trasladéis a tomar posesión.  

Acción social.