miércoles, 24 de marzo de 2021

P.A. Jurisdicción Social . Refuerzo Transversal. STAJ solicita la suspensión del refuerzo transversal hasta el nombramiento e incorporación de los voluntarios al plan.

La Fase II del P. Actuación D. Adicional 19 R.D-Ley 11/2020 de 31 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en ámbito social y económico para hacer frente al covid-19 prevé entre ellas el refuerzo externo, llamado refuerzo transversal. Para participar en este  refuerzo transversal para reforzar los juzgados de lo social nº 2, 3, 5, 6 y 7 de Zaragoza la Dirección General de Justicia abrió plazo para que aquellos funcionarios voluntarios interesados, cursaran sus solicitudes. Dicho plazo finalizó el lunes 22.

El acuerdo del Presidente del TSJ de 11 de marzo de 2021 sobre la entrada en funcionamiento del refuerzo transversal en los citados juzgados establece en los puntos 7 y 8 lo siguiente:


Ya se comenzaron a repartir los primeros asuntos de despidos de cada juzgado reforzado mediante "refuerzo transversal".

 Se ha requerido al personal destinado en  estos órganos que incoe y realice señalamiento de estos asuntos. Esta función corresponde al personal voluntario que se adhiera al plan de refuerzo transversal.

 Tal situación plantea una incompatibilidad y contradicción. La competencia de los 20 primeros despidos de cada  mes corresponden al Juez sustituto designado y por ende a los funcionarios que voluntariamente formen parte de este plan, según recogen las propias condiciones del plan. Proceder de otra forma ocasiona un grave perjuicio a los órganos afectados, retrasando la tramitación ordinaria y en caso de que no hubiera voluntarios podría producirse una duplicidad en los señalamientos de vistas coincidiendo con los asuntos ordinarios ya señalados. Esto implicaría un trabajo adicional y un retraso general pues se debería proceder a la suspensión y a realizar nuevos señalamientos.

Por otra parte, a los funcionarios que no han decidido participar en el plan se les está imponiendo un trabajo que corresponde al personal voluntario del refuerzo transversal. Y además supone un agravio retributivo y una disfunción muy perjudicial en el desarrollo del trabajo ordinario de los juzgados de los social, lo cual ocasionaría retraso en vez de agilización de los procedimientos.

Por todo ello, STAJ solicita 

LA SUSPENSION DEL REFUERZO TRASNVERSAL EXTERNO HASTA EL NOMBRAMIENTO Y COMIENZO DEL PLAN POR TODOS LOS FUNCIONARIOS VOLUNTARIOS.

QUE SE NOMBREN Y COMIENCEN A TRABAJAR EFECTIVAMENTE EN EL PLAN DESDE EL DIA 23 DE MARZO Y DE FORMA INMEDIATA.

Ver enlace al escrito dirigido a la Dirección General de Justicia:

STAJ SOLICITA LA SUSPENSION DEL REFUERZO TRANSVERSAL EN J. DE LO SOCIAL HASTA EL NOMBRAMIENTO E INCORPORACION DE LOS F. VOLUNTARIOS 

Ver enlaces:

-Acuerdo Presidente TSJ 11-3-2021 entrada en funcionamiento refuerzo transvesal jdos  de lo Social nº 2, 3, 5, 6 y 7. de Zaragoza   y

-Acuerdo J. Decano sobre señalamientos.

Acción social.