miércoles, 20 de abril de 2022

BOE. R.D. 285/2022. MODIFICACION LEGAL SOBRE USO DE MASCARILLAS.

 En el BOE de hoy 20 de abril se publica el, ver enlace: Real Decreto 285/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Según la parte dispositiva del mismo sólo es exigible el uso de las mascarillas en los siguientes supuestos:

a) En los centros, servicios y establecimientos sanitarios según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación. 

b) En los centros sociosanitarios, los trabajadores y los visitantes cuando estén en zonas compartidas. 

c) En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes. 

En el entorno laboral, se recoge  que "con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillasNo obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación".

Hasta el momento, el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, no nos ha trasladado ningún protocolo al respecto. 

 En virtud del Real Decreto por el cual las mascarillas dejan de ser obligatorias en el interior, y de la actualización por el Ministerio de Sanidad del Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención frente a la exposición al SARS-CoV2, son éstos los que han de concretar los criterios a seguir, se recomienda mantener las medidas de prevención adoptadas hasta el momento."

STAJ se ha dirigido al Servicio de Prevención de R. L.  para que lo antes posible emita protocolo donde se recoja de forma explícita y clara la forma de actuación en todo nuestro ámbito laboral, en el que es constante la interacción con el gran número de personas que acuden a las sedes judiciales.

Acción social.